Por decisión del juez Roberto Gallardo los pasajeros que utilicen estaciones sin los accesos en condiciones estarán exentos de pagar el viaje o Metrovías deberá reintegrarles el dinero. La medida entrará en vigencia el próximo 18 de febrero.
La Justicia de la ciudad de Buenos Aires dispuso ayer que en las estaciones de subte en las que no funcionen las escaleras mecánicas o los ascensores los pasajeros no paguen la tarifa o le reintegran el dinero del viaje que realizó. Lo hizo tras constatar que Metrovías, la empresa que tiene la concesión del servicio público, no cumplió con un fallo judicial que le ordenó poner en funcionamiento todos los accesos mecánicos de las estaciones.
"Disponer que todo usuario de la red de transporte subterráneo que al ingresar o egresar de una estación observe que alguna de las instalaciones mecánicas (escaleras mecánicas, ascensores y/o salvaescaleras) se encuentre en ese momento fuera de funcionamiento, se encontrará exento de abonar la tarifa correspondiente al servicio regular", resolvió Roberto Gallardo, juez en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la ciudad, y aclaró que la medida "alcanzará a todo usuario sin distingo en sus capacidades motrices", según el fallo al que accedió Currín.
El magistrado también le ordenó a Metrovías y a Subterráneos de Buenos Aires (SBASE) difundan la resolución judicial con un cartel en cada boletería y designó a tres veedores para constatar el cumplimiento de la medida.
El fallo establece que los usuarios que al llegar a una estación en la que no funcionen las escaleras mecánicas o los ascensores , Metrovias deberá tomar las medidas para que "no se cobre a los usuarios al ingresar la tarifa correspondiente al servicio regular, mientras persista el desperfecto". Y en el caso de quiénes ya realizaron el viaje y salgan de la estación el usuario "podrá acercarse a la boletería que se encuentre en la estación de que se trate y el personal de Metrovías SA deberá arbitrar los medios necesarios para reintegrar el importe en la tarjeta SUBE".
La decisión fue tomada en una causa que se inició en 2016. Allí se denunció la falta de funcionamiento de los accesos y egresos mecánicos de las estaciones de subte. Se lo ordenó a Metrovias repararlos y como eso no ocurrió se le dio a la empresa incumplida la decisión judicial y se impuso el viaje gratis.
Según el fallo judicial, se hicieron constataciones periódicas en las que se determinó el incumplimiento. Una de ellas fue el 27 de septiembre del año pasado, "lo que arrojó como resultado que un gran número de los medios mecánicos de accesibilidad se encontraban fuera de funcionamiento", señala el fallo por lo que Metrovías fue multada con cinco millones de pesos.
Al mes siguiente se hizo otra inspección: "44 equipos entre ascensores y escaleras mecánicas se encontraban fuera de servicio". La empresa volvió a ser multada. Y el jueves pasado se determinó que había "51 medios de accesibilidad sin operatividad".
"Tal es el marco involutivo en que nos encontramos. Pareciera que pese a haber transcurrido más de dos años del inicio de la causa, las decisiones jurisdiccionales, las sanciones conminatorias, las necesidades de los usuarios, y las obligaciones contractualmente asumidas por el operador del servicio de transporte, Metrovías SA resultaría desinteresada en asegurar un eficaz funcionamiento de los ascensores y de las escaleras mecánicas instaladas en las estaciones de subterráneo", explicó el fallo.
La resolución señaló que las seis estaciones de subte tienen deficiencias en sus medios mecánicos. El ranking lo encabeza la línea B con 17 mecanismos fuera de funcioamiento y la C solamente uno, en la estación San Juan.
El juez Gallardo descartó que los problemas en las escaleras mecánicas o en los ascensores sean ajenos a Metrovías. Las empresas los adjudicó al "incorrecto uso por parte de los usuarios o por ejemplo en las demoras de los proveedores en asistir al desperfecto".
"Lo que aquí se busca no es satisfacer un capricho jurisdiccional, sino la efectiva utilización del servicio de transporte subterráneo por parte de los usuarios, actuales y eventuales, particularmente por parte de aquéllos que padecen o podrían padecer discapacidades motrices o movilidad reducida", completó el juez Gallardo en su resolución.
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