viernes, 22 de febrero de 2019

La Corte Suprema define si el DNU que le permitió blanquear capitales a familiares de Macri Blanco Villegas es constitucional

Un amparo presentado por Felipe Solá que busca frenar el la medida. Familiares directos del retrasado mental, de Marcos Peña Braun Menéndez y de Luis Caputo blanquearon 132 millones de dólares.


En un contexto en el que la Corte Suprema de Justicia, en especial tres magistrados, le dan un dolor de cabeza a Miauricio Macri Blanco Villegas, ahora se espera una decisión sobre una causa clave. El amparo para que se declare inconstitucional el DNU que ampliaba el blanqueo de capitales a los familiares de funcionarios. vale recordar que esa medida que tomó el Ejecutivo permitió que familiares del idiota confeso, como su hermano Gianfranco, ingresen al circuito legal cientos de millones de pesos.

En 2016, el Congreso aprobó la ley de Blanqueo de Capitales, en cuyo texto no se permitía a los familiares de los funcionarios sincerar dinero y bienes. Ese mismo año y a pesar de la sanción, el Presidente firmó un Decreto de Necesidad y Urgencia para modificar ese artículo -el 83- y permitir que padres, cónyuges e hijos de funcionarios ingresen al blanqueo. Esto le valió duras críticas al Poder Ejecutivo.

Aunque la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo del Congreso rechazó el decreto, la norma nunca se cayó definitivamente porque, para eso, debe ser dejada sin efecto por ambas Cámaras, algo que nunca sucedió.

Felipe Solá fue uno de los fervientes opositores al decreto. A fines del mismo año presentó un amparo para que se declare inconstitucional y una medida cautelar para que se suspendiera su aplicación. La denuncia la radicó ante el fuero Contencioso Administrativo Federal y recayó en el juzgado de Ernesto Marinelli. El argumento fue que el DNU "vulnera el espíritu de la ley" sancionada.

Tres años después, el amparo entraría en la agenda de la Corte Suprema para ser tratado en las próximas semanas y así decidir sobre el futuro del decreto firmado por el ex hijastro de Flavia Palmiero, Marcos Peña Braun Menéndez, jefe de Gabinete, y Alfonso Prat el Gay, entonces ministro de Hacienda y Finanzas. Sin embargo, antes de esto, el intento del diputado pasó por varias instancias.

El camino judicial

En febrero de 2017, menos de dos meses después de presentada la denuncia, el juez Ernesto Marinelli no hizo lugar al planteo de Solá y rechazó suspender el decreto, sin decidir sobre su constitucionalidad: "Acceder al dictado de la cautelar intentada, importaría anticipar juicio de mérito y, además, se estaría dejando vacío de contenido al proceso, al satisfacerse por medio de la cautelar aquello que es el objeto del amparo", sostuvo el magistrado.

En marzo de ese mismo año, la jueza María Biotti rechazaba el amparo y confirmaba que los familiares de funcionarios pueden ingresar al blanqueo de capitales. La justificación fue que Solá no tenía ninguna legitimación para hacer el reclamo: "La mera condición de ciudadano y de legislador de Solá no le otorgan legitimación suficiente para solicitar ante la Justicia la declaración de inconstitucionalidad de una norma que no le agravia de manera expresa y concreta".

Solá, a través de su abogado Martín Yáñez, apeló el fallo para que sea revocado por la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal y criticó la decisión de Biotti: "No da cuenta de los argumentos especiales desarrollados en demanda, que me ponen en una situación particular ante la gravedad institucional de la violación constitucional denunciada, y la ausencia de afectados directos por la medida ejecutiva cuestionada".

Además, defendió su rol para pedir la inconstitucionalidad invocando su "legitimación sustantiva como ciudadano de la Nación Argentina" y como diputado nacional: "Los legisladores que intervinieron en el debate y en la sanción del proyecto tienen un interés concreto y diferenciado que los legitima activamente. No se trata de revertir un resultado adverso en el debate parlamentario sino de defender el claro producto de deliberación democrática desarrollada en el Poder Legislativo y completada con la sanción presidencial".

La apelación fue exitosa y el 25 de noviembre de ese año la Sala V del tribunal aceptó el pedido de Solá y reabrió la causa, remarcando la necesidad de la lucha contra la corrupción. Contrario a lo fallado por la jueza Biotti, los camaristas Guillermo Treacy y Pablo Gallegos Fedriani señalaron que Solá sí tenía legitimación para presentar el amparo y argumentaron que si bien la Corte Suprema de Justicia no permite la intervención de legisladores nacionales, sí está permitida cuando se afecta su rol como representante del Congreso. También ordenó sortear otro juez de primera instancia para que decida en el caso.

Además, sostuvo que el régimen dictó un decreto reglamentario que no puede ser revisado por el Congreso como ocurre con otro tipo de decretos: "Aquí no existe una instancia en que el Poder Legislativo pueda revisar si la voluntad de éste ha sido respetada".

Frente a esto, el Ejecutivo presentó un recurso extraordinario, que la Cámara rechaza porque su decisión no fue una sentencia definitiva (que es ante dónde deben aplicarse los recursos extraordinarios). Entonces, el Estado se rectifica y presenta en abril de 2018 ante la Corte Suprema un recurso de queja por apelación denegada. Esto no tiene efecto suspensivo y el juicio para determinar si el decreto es inconstitucional continúa. Se sortea un nuevo juez (Biotti no podía volver a intervenir) y sale María José Sarmiento.

En mayo, esta magistrada le da un nuevo guiño al macrifascismo y declara la causa abstracta -que ya no es un conflicto actual- bajo el argumento de que el blanqueo de capitales había terminado: el decreto determinaba que todo el sinceramiento de dinero debía hacerse entre el 30 de noviembre de 2016 y el 31 de marzo de 2017. Era mayo de 2018.

Por supuesto, la defensa de Solá apeló esto explicando que los hechos jurídicos tienen efecto durante el plazo de tiempo que se discuta la causa y manifestando que, en caso de declararse inconstitucional el blanqueo, la AFIP podría buscar a los familiares que hubieran blanqueado y cobrarles impuestos, multas e intereses. Es decir, no estaba abstracto.

Sarmiento hizo lugar a la apelación y como respuesta el que apela es el régimen. Sucede que en el medio la jueza se jubila y debe sortearse otra magistrada: aparece en escena Cecilia Gilardi, quien le da la razón nuevamente al Ejecutivo. El abogado de Solá apela nuevamente ante la Cámara, que les da la razón y el Estado apela esto ante la Corte Suprema.

Así las cosas, en diciembre de 2018 el expediente llega a la Corte, que debe definir dos cuestiones: si Felipe Solá tiene legitimación para pedir la inconstitucional y si la causa es abstracta. Lo primero que hizo la Corte es enviar el caso a la Procuración General de la Nación para pedirle su opinión, aunque esto no es vinculante. Luego, puede decidir sobre la legitimación de Solá o sobre el fondo del asunto.

En los últimos días Yáñez, el abogado de Solá, realizó una presentación ante el GAFI (el organismo que lucha contra todas las formas de lavado de activos, financiación del terrorismo, blanqueo, entre otros) y el GAFILAT (su sede en Latinoamérica), que se reunió este mes en París, solicitando su intervención en la causa y que le recomiende al Estado argentino "reestablecer la legalidad y prevenir el blanqueo de dinero de orígenes ilícitos".

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