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sábado, 23 de febrero de 2019

Felipe Solá dijo que habrá un fallo de la Corte “en una o dos semanas” sobre el decreto de Macri Blanco Villegas que permitió blanquear capitales fugados a sus familiares

El diputado Felipe Solá aseguró que la Corte Suprema resolverá “en una o dos semanas” su denuncia sobre la inconstitucionalidad del decreto firmado por el ex hijastro de Flavia Palmiero que en 2016 dio la posibilidad de que sus familiares directos y los de todos los funcionarios del régimen fascista pudieran entrar en el blanqueo de capitales. “Vamos a tener una noticia sobre el tema”, manifestó el dirigente, para quien "el blanqueo es la amnistía de un delito".


El tema sobre la constitucionalidad o no del decreto está en la agenda de temas urticantes para la administración de la alianza de derecha Cambiemos elaborada por el máximo tribunal. Entre otros están la posible extensión del fallo Badaro para un reajuste de las jubilaciones y la restitución de giros del Fondo Sojero exigido por varias provincias.

El cuestionado Decreto 1206/2016 fue publicado en el Boletín Oficial luego de que el Congreso sancionara la Ley de Blanqueo de Capitales (27.260) con el artículo que prohíbe expresamente que padres, cónyuges e hijos menores emancipados de funcionarios puedan ser beneficiados por esa amnistía sobre bienes no declarados.

En declaraciones a la AM 750, Solá puntualizó que su denuncia sobre la “inconstitucionalidad” de esa disposición del hijo bobo de Franco Macri radica en que “ninguna ley puede ser cambiada por un decreto, que ni siquiera es de necesidad y urgencia (DNU). Por lo tanto, agregó, esa decisión “claramente viola el artículo 98 de la Constitución”.

“Es uno de los casos prioritarios de la Corte, así que en una o dos semanas vamos a tener una noticia sobre el tema”, puntualizó el también precandidato a presidente por el peronismo, cuya denuncia presentada en 2016 tuvo un largo derrotero.

La primera traba estuvo en dos primeras estuvo en el fuero Contencioso Administrativo, que le negó la posibilidad de litigar hasta que un año después, la Cámara habilitó el curso de su planteo. Ya en primera instancia, un juzgado sostuvo que el tema había devenido en abstracto y el caso volvío a la Cámara, que le dio la razón al denunciante.

El tema llegó a la Corte por un recurso de queja presentado por el Poder Ejecutivo. “Ahora se debe resolver si tengo razón o no”, indicó Solá, a la vez que se manifestó esperanzado por un fallo favorable. “Cuando planteé el tema en el Congreso y dije que ese decreto era una ‘vergüenza’, ni uno de los 105 diputados (del oficialismo) me dijo nada. Se ve que tenían la cola sucia o por lo menos sabían que yo tenía razón”, criticó.

Además, sostuvo que si Macri Blanco Villegas permite que sus familiares o los de sus ministros participan de esa amnistía “pierden toda la autoridad moral para cobrar impuestos” y consideró que el decreto en cuestión es una muestra de la actitud de quien dice “yo blanqueo y me importa un rábano la ley”.

viernes, 22 de febrero de 2019

La Corte Suprema define si el DNU que le permitió blanquear capitales a familiares de Macri Blanco Villegas es constitucional

Un amparo presentado por Felipe Solá que busca frenar el la medida. Familiares directos del retrasado mental, de Marcos Peña Braun Menéndez y de Luis Caputo blanquearon 132 millones de dólares.


En un contexto en el que la Corte Suprema de Justicia, en especial tres magistrados, le dan un dolor de cabeza a Miauricio Macri Blanco Villegas, ahora se espera una decisión sobre una causa clave. El amparo para que se declare inconstitucional el DNU que ampliaba el blanqueo de capitales a los familiares de funcionarios. vale recordar que esa medida que tomó el Ejecutivo permitió que familiares del idiota confeso, como su hermano Gianfranco, ingresen al circuito legal cientos de millones de pesos.

En 2016, el Congreso aprobó la ley de Blanqueo de Capitales, en cuyo texto no se permitía a los familiares de los funcionarios sincerar dinero y bienes. Ese mismo año y a pesar de la sanción, el Presidente firmó un Decreto de Necesidad y Urgencia para modificar ese artículo -el 83- y permitir que padres, cónyuges e hijos de funcionarios ingresen al blanqueo. Esto le valió duras críticas al Poder Ejecutivo.

Aunque la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo del Congreso rechazó el decreto, la norma nunca se cayó definitivamente porque, para eso, debe ser dejada sin efecto por ambas Cámaras, algo que nunca sucedió.

Felipe Solá fue uno de los fervientes opositores al decreto. A fines del mismo año presentó un amparo para que se declare inconstitucional y una medida cautelar para que se suspendiera su aplicación. La denuncia la radicó ante el fuero Contencioso Administrativo Federal y recayó en el juzgado de Ernesto Marinelli. El argumento fue que el DNU "vulnera el espíritu de la ley" sancionada.

Tres años después, el amparo entraría en la agenda de la Corte Suprema para ser tratado en las próximas semanas y así decidir sobre el futuro del decreto firmado por el ex hijastro de Flavia Palmiero, Marcos Peña Braun Menéndez, jefe de Gabinete, y Alfonso Prat el Gay, entonces ministro de Hacienda y Finanzas. Sin embargo, antes de esto, el intento del diputado pasó por varias instancias.

El camino judicial

En febrero de 2017, menos de dos meses después de presentada la denuncia, el juez Ernesto Marinelli no hizo lugar al planteo de Solá y rechazó suspender el decreto, sin decidir sobre su constitucionalidad: "Acceder al dictado de la cautelar intentada, importaría anticipar juicio de mérito y, además, se estaría dejando vacío de contenido al proceso, al satisfacerse por medio de la cautelar aquello que es el objeto del amparo", sostuvo el magistrado.

En marzo de ese mismo año, la jueza María Biotti rechazaba el amparo y confirmaba que los familiares de funcionarios pueden ingresar al blanqueo de capitales. La justificación fue que Solá no tenía ninguna legitimación para hacer el reclamo: "La mera condición de ciudadano y de legislador de Solá no le otorgan legitimación suficiente para solicitar ante la Justicia la declaración de inconstitucionalidad de una norma que no le agravia de manera expresa y concreta".

Solá, a través de su abogado Martín Yáñez, apeló el fallo para que sea revocado por la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal y criticó la decisión de Biotti: "No da cuenta de los argumentos especiales desarrollados en demanda, que me ponen en una situación particular ante la gravedad institucional de la violación constitucional denunciada, y la ausencia de afectados directos por la medida ejecutiva cuestionada".

Además, defendió su rol para pedir la inconstitucionalidad invocando su "legitimación sustantiva como ciudadano de la Nación Argentina" y como diputado nacional: "Los legisladores que intervinieron en el debate y en la sanción del proyecto tienen un interés concreto y diferenciado que los legitima activamente. No se trata de revertir un resultado adverso en el debate parlamentario sino de defender el claro producto de deliberación democrática desarrollada en el Poder Legislativo y completada con la sanción presidencial".

La apelación fue exitosa y el 25 de noviembre de ese año la Sala V del tribunal aceptó el pedido de Solá y reabrió la causa, remarcando la necesidad de la lucha contra la corrupción. Contrario a lo fallado por la jueza Biotti, los camaristas Guillermo Treacy y Pablo Gallegos Fedriani señalaron que Solá sí tenía legitimación para presentar el amparo y argumentaron que si bien la Corte Suprema de Justicia no permite la intervención de legisladores nacionales, sí está permitida cuando se afecta su rol como representante del Congreso. También ordenó sortear otro juez de primera instancia para que decida en el caso.

Además, sostuvo que el régimen dictó un decreto reglamentario que no puede ser revisado por el Congreso como ocurre con otro tipo de decretos: "Aquí no existe una instancia en que el Poder Legislativo pueda revisar si la voluntad de éste ha sido respetada".

Frente a esto, el Ejecutivo presentó un recurso extraordinario, que la Cámara rechaza porque su decisión no fue una sentencia definitiva (que es ante dónde deben aplicarse los recursos extraordinarios). Entonces, el Estado se rectifica y presenta en abril de 2018 ante la Corte Suprema un recurso de queja por apelación denegada. Esto no tiene efecto suspensivo y el juicio para determinar si el decreto es inconstitucional continúa. Se sortea un nuevo juez (Biotti no podía volver a intervenir) y sale María José Sarmiento.

En mayo, esta magistrada le da un nuevo guiño al macrifascismo y declara la causa abstracta -que ya no es un conflicto actual- bajo el argumento de que el blanqueo de capitales había terminado: el decreto determinaba que todo el sinceramiento de dinero debía hacerse entre el 30 de noviembre de 2016 y el 31 de marzo de 2017. Era mayo de 2018.

Por supuesto, la defensa de Solá apeló esto explicando que los hechos jurídicos tienen efecto durante el plazo de tiempo que se discuta la causa y manifestando que, en caso de declararse inconstitucional el blanqueo, la AFIP podría buscar a los familiares que hubieran blanqueado y cobrarles impuestos, multas e intereses. Es decir, no estaba abstracto.

Sarmiento hizo lugar a la apelación y como respuesta el que apela es el régimen. Sucede que en el medio la jueza se jubila y debe sortearse otra magistrada: aparece en escena Cecilia Gilardi, quien le da la razón nuevamente al Ejecutivo. El abogado de Solá apela nuevamente ante la Cámara, que les da la razón y el Estado apela esto ante la Corte Suprema.

Así las cosas, en diciembre de 2018 el expediente llega a la Corte, que debe definir dos cuestiones: si Felipe Solá tiene legitimación para pedir la inconstitucional y si la causa es abstracta. Lo primero que hizo la Corte es enviar el caso a la Procuración General de la Nación para pedirle su opinión, aunque esto no es vinculante. Luego, puede decidir sobre la legitimación de Solá o sobre el fondo del asunto.

En los últimos días Yáñez, el abogado de Solá, realizó una presentación ante el GAFI (el organismo que lucha contra todas las formas de lavado de activos, financiación del terrorismo, blanqueo, entre otros) y el GAFILAT (su sede en Latinoamérica), que se reunió este mes en París, solicitando su intervención en la causa y que le recomiende al Estado argentino "reestablecer la legalidad y prevenir el blanqueo de dinero de orígenes ilícitos".

sábado, 10 de marzo de 2018

Un amparo de Felipe Solá le mete ruido al blanqueo

Hay preocupación por el revés que sufrió el régimen fascista de Mugrizio Macri Blanco Villegas en la Cámara. Los posibles escenarios.


El blanqueo de capitales que lanzó el régimen macrifascista en 2016 volvió a entrar en zona de turbulencias. La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal desestimó el jueves un recurso de la Procuración del Tesoro para evitar que Felipe Solá pueda seguir reclamando la inconstitucionalidad del decreto del ex hijastro de Flavia Palmiero que permitió a familiares de funcionarios ingresar en el blanqueo de capitales.

Lla decisión de la Sala V de la Cámara generó ruido y cierta paranoia no sólo en la Casa Rosada, también en el ambiente empresarial (los principales beneficiados por el blanqueo), por las posibles consecuencias que podría traer el proceso judicial en contra del decreto mediante el cual Macri Blanco Villegas avaló que cónyuges, padres e hijos de funcionarios puedan blanquear activos, pese a que la ley aprobada por el Congreso lo prohibía.

Solá presentó el amparo en diciembre del 2016, pero en marzo de 2017 la jueza María Alejandra Biotti lo rechazó bajo el argumento de que no tenía legitimidad para actuar, ni como ciudadano ni como legislador. La "falta de legitimidad" es una formalidad bastante habitual entre los magistrados para sacarse de encima temas complejos.

Ocho meses después, la Cámara revirtió ese fallo y le dio la razón a Solá, al tiempo que ordenó que se sortee un nuevo juez y que se cite a la AFIP para que intervenga en el proceso. Ante esto el Procurador del Tesoro, Bernardo Saravia Frías, presentó recurso extraordinario federal que ayer fue rechazado por la Sala V por considerar que la resolución anterior no es una sentencia definitiva.

Fuentes de la Procuración consultadas evitaron hacer comentarios sobre el tema y sobre los pasos a seguir, dado que Saravia Frías está fuera del país, según explicaron.

No obstante, el abogado de Solá, Martín Yañez, dijo que lo más probable es que el régimen macrifascista presente un recurso de queja ante la Corte Suprema. "Pero ese recurso no tiene efectos suspensivos, por lo tanto debe cumplirse con la sentencia de Cámara. Es decir, se debe sortear un nuevo juez para que entienda en el caso, para que decida", detalló el letrado.

Yañez explicó que la Corte puede aceptar o no el recurso de queja, y no tiene un tiempo para definirlo, por lo que mientras tanto debe seguir el trámite. "Lo más importante es que le reconocieron a Solá la legitimidad para actuar porque muchas veces los casos mueren ahí", comentó el abogado y agregó que "el próximo juez debe decidir, debe fallar, no se puede escudar en que Felipe no tiene legitimación".

El objetivo ahora de Solá es que la Justicia determine que el artículo 6 del decreto 1206/2016 (de reglamentación del blanqueo) es inconstitucional porque contradijo el espíritu de la ley aprobada por el Congreso. ¿Pero qué efectos podría tener esto en la práctica?

El régimen, en sus presentaciones judiciales, sostuvo que el blanqueo ya se cerró y quienes ingresaron tienen derechos adquiridos, por lo que no se podría volver para atrás. En cambio, Yañez sostuvo que la AFIP cuenta con los medios técnicos suficientes para retrotraer la situación en cada caso y, si corresponde, multar o sancionar a los familiares que hayan logrado blanquear activos gracias a ese decreto.

"Si resulta que el decreto es anticonstitucional, la AFIP tiene que cobrarle a todos los parientes incluidos en la ley como prohibidos. Es mucha plata, es la plata que les robaron a los argentinos. Si ganamos esto vamos a poder saber quiénes son los familiares", declaró por su parte Solá.

Yañez admitió que ese objetivo es bastante complejo y aún si la Corte les diera la razón, podría derivar en múltiples juicios de los beneficiados. Pero también tiene un costado político relevante y es sentar un precedente sobre este tipo de maniobras mediante la reglamentación de leyes. "Que no sea tan fácil que con un decreto se altere o modifique el espíritu de la ley", resumió.