El senador nacional de Proyecto Sur, Fernando "Pino" Solanas, y su asesor parlamentario Alejandro Olmos Gaona denunciaron al ministro de Finanzas, Luis Caputo, ante la Justicia por no declarar su participación accionaria en sociedades offshore.
La presentación recayó en el juzgado federal N° 8 a cargo de Marcelo Martínez de Giorgi, con participación del fiscal Eduardo Taiano. Lo acusan de "omitir, rehusar o retardar" esa información al momento de asumir su cargo en el Poder Ejecutivo y por el presunto delito de "evasión agravada".
Los documentos brindados por Securities and Exchange Commission (SEC) y adjuntos a la denuncia, revelan que Caputo fue el dueño entre 2009 y 2015 del 75% de las acciones de Princess International Global Ltd., una sociedad offshore creada en las islas Caimán. A su vez, en una operatoria similar al de las muñecas rusas, por medio de la sociedad Princess, Caputo controló entre 50 y 74% de Affinis Partners II, otra sociedad offshore creada en el mismo paraíso fiscal. Por último, Affinis Partners II es la controlante de al menos el 75% de Noctua International WMG LLC, la gerenciadora de fondos de inversión con los que Caputo administró los fondos creados en Caimán. Así, Caputo controló Noctua Partners LLC entre 2009 y 2015, junto a Martín Guyot, un empresario argentino residente en Miami. Tanto Caputo como Guyot tuvieron a su vez, a título personal y de forma directa, el "5% o menos" de las acciones de Noctua.
¿Por qué el funcionario no declaró ante la OA esa participación accionaria en Noctua, ni aludió a sus intereses en las firmas Princess o Affinis? Eso es lo que debe investigar la Justicia. Según los archivos de la SEC, Caputo salió del negocio en 2016, cuando ya tenía más de un año en funciones, y es Guyot quien figura como accionista de Affinis International. De acuerdo con las informaciones del organismo regulador estadounidense, administraron por lo menos U$S 251 millones.
Los denunciantes también sostienen que el ministro violó el artículo 12 de la ley de Ética Pública 25.188, que establece que los funcionarios públicos no votados por el pueblo deben incluir todos los antecedentes laborales, con el fin de facilitar las tareas de los organismos de control ante posibles conflictos de intereses. "Si bien eran conocidos sus antecedentes laborales en el sector financiero, no se sabía la existencia de su pertenencia a varias sociedades off shore, constituidas en paraísos fiscales ocultó su vinculación con ellas, lo que hace suponer en una omisión deliberada con propósitos que la justicia debería investigar", detalló la denuncia.
Aunque Solanas y Olmos Gaona recordaron que no es un delito poseer una sociedad fuera del país, en la "mayoría de los casos" las empresas y cuentas en paraísos fiscales "se utilizan para el lavado de activos y evadir el cumplimiento de obligaciones fiscales". Solanas y su consejero ya ventilaron más de 40 offshore vinculadas a la familia Macri.
En este caso, para los denunciantes no solo es grave la "omisión", sino que empeora el panorama que al revelarse en medios locales estas actividades comerciales el ministro lo negó. "Nunca fui propietario ni accionista de Noctua ni de Princess, sino asesor, administrador, fiduciario y/o manager, por lo que no debía declararlas ni ante la AFIP ni ante la OA, tal como manifesté anteriormente. Aprovecho para reiterar que desde que en 2015 ingresé a la función pública cesé de prestar cualquier servicio profesional a dichas sociedades", explicó el titular de Finanzas.
"Caputo no consignó esa información en las declaraciones juradas que presentó ante la Oficina Anticorrupción (OA) al asumir el cargo en diciembre de 2015 (correspondientes al período fiscal 2014) y en la de 2016 (correspondiente al inicio de 2015)", remarcaron los firmantes.
Asimismo, subrayaron que "el ministro mintió deliberadamente ocultando un patrimonio que no se compadecía con sus declaraciones fiscales, ya que tampoco declaró esas tenencias accionarias, por lo cual al incumplimiento de sus deberes como funcionario público, suma la 'ocultación maliciosa de bienes'", que tiene una pena de entre dos y seis años de prisión.
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