El memorándum dice que además de los datos necesarios para el seguimiento de las condicionalidades del programa, las autoridades proveerán de manera diaria y mensual una serie de datos para “asegurar el monitoreo adecuado de las variables económicas”.

El memorándum dice al final que además de los datos necesarios para monitorear las condicionalidades del programa, las autoridades proveerán una serie de datos para “asegurar el monitoreo adecuado de las variables económicas”. De manera diaria, el régimen deberá enviar a Washington al finalizar el día un archivo con tipo de cambio nominal; tasas de interés de instrumentos de deuda doméstica, incluyendo Letes para diferentes vencimientos, Lebac para diferentes vencimientos, y Botes; detalle del total de dinero emitido por el Banco Central; depósitos de instituciones financieras en el Banco Central; encajes requeridos y en exceso del sector bancario en moneda local y extranjera; total de la asistencia a bancos a través de operaciones normales del Central, incluyendo giros en descubierto; tasas de interés sobre depósitos a un día de plazo y la tasa de pases pasivos y activos a 7 días de plazo; posición bruta en moneda extranjera individual de cada banco y saldo de las cuentas de moneda extranjera en el BCRA individual de cada banco.
Además, mensualmente el régimen deberá enviarle a los burócratas del FMI datos sobre las operaciones del gobierno nacional incluyendo los flujos de fondos mensuales desde el principio al final del actual año fiscal (y revisiones hacia atrás de ser necesarias), con un retraso no mayor a 25 días pasado el cierre de cada mes, tanto en el formato del Informe Mensual de Ingresos y Gastos (IMIG) y como el formato de la Cuenta Ahorro Inversión y Financiamiento (AIF).
En cuando a la deuda federal y provincial, habrá que detallar los pagos esperados por amortizaciones y repagos (en moneda local y moneda extranjera, letras del Tesoro, Eurobonds, préstamos domésticos, préstamos externos comerciales y oficiales), incluyendo deuda directa y garantizada. En caso de una emisión de deuda garantizada por el gobierno, se aclara que se debe incluir el nombre del individuo/institución garantizado. El stock de deuda por moneda del gobierno nacional y provincial, a final de mes, detallando: (a) acreedor (oficial, comercial doméstico, comercial externo; (b) instrumento (bonos denominados en moneda local y extranjera, letras del Tesoro, Eurobonds, préstamos domésticos, préstamos externos tanto comerciales como oficiales); y (c) directo y garantizado.
También deberán enviar información sobre el balance del régimenl en el Banco Central y en el sistema bancario comercial y datos de depósitos en el sistema bancario: cuentas corrientes, cajas de ahorro y depósitos a plazo fijo; el promedio mensual de las tasas de interés de créditos y depósitos y el promedio ponderado de las tasas de créditos y depósitos. El balance de otras corporaciones financieras (no tomadoras de depósitos), incluyendo las tenencias de deuda federal y provincial e instrumentos del Banco Central. Por último, el documento deja en claro que se enviarán datos sobre el valor de los préstamos totales de todos los nuevos programas de participación público-privada (PPP) financiados por el régimen.
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