miércoles, 30 de octubre de 2019

Dictaron la falta de mérito para Cristina en la causa por el Gas Licuado

La vicepresidenta electa quedó afuera de la acusación por asociación ilícita y defraudación. Se trata del expediente que dio origen a la investigación por los cuadernos del chofer literato Oscar Centeno


Cristina Fernández de Kirchner quedó a salvo de los delitos de asociación ilícita y defraudación por presuntos sobreprecios en la causa Gas Licuado, el expediente que dio origen a que el juez clarinista Claudio Bonadio y el fiscal rebelde Carlos Stornelli se quedaran con el caso de los cuadernos de Oscar Centeno, el chofer que habla como Monzón y escribe como García Márquez.

Según revelaron fuentes judiciales, la Cámara Federal revocó el procesamiento y dictó la falta de mérito de la vicepresidenta electa. 

No obstante, la Sala I confirmó el procesamiento para el ex ministro de Planificación Julio De Vido, su mano derecha Roberto Baratta, el ex titular de Enarsa Ezequiel Espinosa y los empresarios José Roberto Dromi y Roberto Nicolás Dromi. Para el resto de los implicados, los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi dictaron la falta de mérito.

La Cámara Federal consideró que no se cometió el delito de la asociación ilícita en la causa de Gas Licuado. “Con relación a las maniobras vinculadas con la importación de GNL abarcadas por el objeto procesal de este legajo, los elementos reunidos hasta el momento no permiten afirmar –con el grado de probabilidad exigido en esta etapa– el nexo entre aquellas operaciones y la conformación de dicho colectivo criminal orientado a la recaudación de fondos”, sostuvo la resolución a la que accedió Currín, firmada por los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi.

El caso GNL tiene una significación especial. Permitió, por conexidad, que el juez Bonadio y el fiscal Stornelli se quedaran con el caso de las fotocopias de los supuestos cuadernos de Oscar Centeno cuando el periodista Diego Cabot se presentó con las anotaciones que llegaron a sus manos. También es el expediente por el cual De Vido y Baratta fueron presos en octubre de 2017 (primero Baratta, cuatro días antes de las elecciones; y después De Vido, cuando perdió sus fueros por este pedido y también por el caso Río Turbio).

Aquel procesamiento inicial de Bonadio fue revocado por la Cámara Federal meses después y el perito que había hecho la pericia hablando de sobreprecios, David Cohen, fue procesado por falso testimonio agravado. En ese expediente, además, declaró el falso abogado Marcelo D’Alessio para aportar más pruebas sobre los sobreprecios.

Los análisis del perito Cohen ya había sido descartados de la causa. La Cámara Federal también sostuvo, en base a apelación de las defensas, que tampoco se valorará nada del posible aporte de D’Alessio a raíz de la investigación que se inició en Dolores y que lo tiene como protagonista de una red de espionaje ilegal.

Ahora, en un detallado análisis de los números del expediente, la Sala I de la Cámara Federal distinguió las maniobras en dos etapas: entre 2008 y 2013, cuando los servicios marítimos de remolque, practicaje y otros “fueron contratados directamente por las empresas proveedoras, pero abonados por ENARSA en cuanto superasen el valor mínimo estipulado en los respectivos contratos”. Mientras tanto, “en lo que respecta a la contratación de cargamentos de GNL durante el período 2013-2015, advertimos que las conclusiones del peritaje recibido –aun con las limitaciones a las que nos referiremos luego–, deben conducir a descartar la existencia de sobreprecios en esos contratos”, especificaron los magistrados.

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