El secretario de Energía quedó formalmente imputado por “asegurar un margen de ganancia” a las gasíferas, en detrimento “de la mayoría de la sociedad”. La fiscal tomó la denuncia de su colega Marijuan. La jueza María Servini deberá evaluar el caso.
Pese a que debió ceder y dar marcha atrás en la aplicación de un cargo extra a los usuarios para compensar a las distribuidoras de gas por la devaluación, el secretario de Energía, Javier Iguacel, quedó formalmente imputado por abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público, delitos que establecen penas de inhabilitación y hasta seis años de cárcel.
La denuncia había sido impulsada por el fiscal federal Guillermo Marijuan, pero la investigación quedó delegada en su colega Paloma Ochoa. “La finalidad perseguida por dicho acto administrativo pareciera circunscribirse a asegurar un margen de ganancia de un actor, en un contexto devaluatorio de la moneda nacional que ineludiblemente redundará en el empobrecimiento de la mayoría de los actores de la sociedad argentina”, señala el escrito que elevó Ochoa al juzgado de María Servini.
La denuncia de Marijuan se originó a partir de la resolución que habilitaba a las distribuidoras de gas a cobrar un incremento extra a partir del 1º enero de 2019 en las tarifas para compensar los efectos de la devaluación del peso. Para los usuarios representaba un esquema de 24 cuotas de entre 90 y 110 pesos, indexadas por la tasa de interés del Banco Nación. La decisión generó una fuerte polémica mediática y la reacción de todo el arco opositor y también dentro mismo de Cambiemos.
Iguacel ofreció el lunes, tras conocerse la denuncia, una conferencia de prensa para justificar el cargo extra. Allí culpó al gobierno anterior, se escudó en una ley de 1992 y tomó distancia de la situación asegurando que se trata de un problema “entre usuarios y empresas”, en el cual el régimen "no debe interferir”.
Ochoa procedió a la descripción de la maniobra a investigar y la imputación para el funcionario y le pidió a la jueza Servini que dicte una medida de no innovar para que el Gobierno suspenda por 60 días la aplicación de la cuestionada resolución, pese a la promesa del Gobierno de que quedaría sin efecto.
La representante del Ministerio Público sostuvo que “la utilización del poder público a tales fines excede los meros actos de gestión de políticas públicas y puede tornarse en jurídico-penalmente relevante”. En su escrito cita los artículos 248 y 174 inciso 5 del Código Penal. El primero prevé “prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo” al funcionario público que dictare resoluciones contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales. El 174 prevé de dos a seis años de prisión a quien “cometiere fraude en perjuicio de alguna administración pública”. Iguacel había dicho que la queja por los cargos era solo de militantes kirchneristas.
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