Fue a raíz de una presentación del sector inmobiliario. Desde agrupaciones de inquilinos rechazaron la decisión. Entre otros puntos, la ley fijaba montos máximos en las comisiones, que además quedaban a cargo de los propietarios.
La ley de alquileres en la ciudad de Buenos Aires sufrió un fuerte revés luego de que la Cámara en lo Contencioso Administrativo la declaró inconstitucional, fallo que fue celebrado desde el sector inmobiliario y rechazado por algunas agrupaciones de inquilinos.
La Justicia le dio la razón a las inmobiliarias declaró la inconstitucionalidad de la ley 5859, aprobada por la Legislatura porteña y que fue oficializada a fines de 2017, la cual fijaba un tope a las comisiones inmobiliarias y delega el pago en los propietarios de las viviendas.
La ley 5859 tiene apenas nueve artículos. Fija el monto máximo de la comisión a cobrar en 4,15% del valor total del respectivo contrato, a cargo del locador; prohíbe requerir y/o percibir mediante cualquier forma de pago, comisiones inmobiliarias y/u honorarios por la intermediación o corretaje a locatarios, sublocatarios y/o continuadores de la locación, y traslada los costos de gestoría de informes a organismos oficiales a los dueños.
Además, establece que en los avisos web de inmuebles debe figurar una leyenda que diga: "Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes". La ley también obliga a todas las inmobiliaria a ubicar la misma frase en lugares visibles de los locales, donde concurren los inquilinos y propietarios.
La decisión judicial se dio en base a los amparos presentados por CUCICBA, el CECIN, la CRCI y 75 Corredores Inmobiliarios matriculados, y revoca la sentencia emitida por el juez de primera instancia Lisandro Fastman en agosto de 2018.
En su fallo, la Cámara expresa con claridad que el Código Civil y Comercial de la Nación reconoce que el inquilino tiene carácter de “comitente” y, por tanto, le corresponde el pago de honorarios al corredor que interviene en la operación. Asimismo, la Cámara rescata que las partes ya poseen facultades para convenir el monto de una comisión de corretaje, con lo cual la legislatura porteña no tiene facultades para modificar en contrario cuestiones normadas por el Código Civil y Comercial de la Nación.
Armando Pepe, presidente de CUCICBA |
“Hoy es un día histórico para nuestra profesión”, expresó Armando Pepe, Presidente de CUCICBA. “Gracias al esfuerzo y compromiso de nuestras instituciones y de todos los profesionales matriculados logramos que la Justicia reconozca que la verdad y el Derecho nos asisten frente a la ilegítima Ley 5859”, agregó.
Según los inmobiliarios, “en la práctica la injusta norma llevó a que los alquileres de vivienda subieran en la CABA un 38% su valor (por sobre el 27% de aumento que los mismos tuvieron en la provincia de Buenos Aires), y limitó ilegítimamente el derecho de los profesionales inmobiliarios a cobrar la remuneración correspondiente por los servicios que legal y legítimamente brindan a los inquilinos”.
“Si bien este fallo es motivo de alegría para la familia inmobiliaria, no debemos bajar los brazos. Aún quedan instancias para que la inconstitucionalidad de la Ley 5859 sea definitiva, y por eso los Profesionales Inmobiliarios debemos seguir más unidos que nunca”, completó Pepe.
Por su parte, Alejandro Bennazar, de la Cámara Inmobiliaria Argentina (CIA), afirmó que “lo consideramos muy justo, porque veníamos anunciando la reducción de alquileres que iba a provocar y el aumento del valor locativo”.
“Nos va a asegurar a futuro que nos convoquen a las mesas de diálogo, nunca nos llamaron. Con este fallo se hizo justicia, porque no todas las asociaciones de inquilinos están de acuerdo con esta ley”, expresó y agregó que “está demostrado que en la Capital ha aumentado más en promedio los alquileres que en el resto del país. Menos mal que a nivel nacional no se llevó adelante”.
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