martes, 21 de enero de 2020

Por qué los soretes que asesinaron a Fernando Báez Sosa podrían recibir prisión perpetua

La carátula de la causa pasó de “homicidio en riña” a "homicidio agravado por concurso premeditado de dos o más personas y alevosía”. Qué penas corresponden.


Los autores de la salvaje agresión que terminó con la vida de Fernando Báez Sosa podrían recibir una pena de prisión perpetua, según precisaron especialistas en el tema. Hasta el momento hay 11 detenidos por asesinato del joven estudiante de Derecho. 

Los acusados son todos jóvenes oriundos de Zárate, de entre 18 y 21 años, la mayoría jugadores de rugby del club Naútico Arsenal, que habían viajado a Villa Gesell a pasar sus vacaciones.

El sábado pasado a la madrugada, tras una discusión que se produjo en el interior del boliche Le Brique con otro grupo, los rugbiers los atacaron brutalmente, ensañándose en particular contra uno de ellos. El hecho quedó registrado por una serie de videos de testigos.

Esas imágenes documentaron los minutos finales de la vida del joven de 18 años, cuyos restos fueron inhumados ayer a la mañana en el cementerio de la Chacarita tras una ceremonia de la que participaron un centenar de personas, entre amigos y familiares.

En un primer momento la causa fue caratulada como “homicidio en riña”, un delito que prevé una pena de entre 2 y 6 años de prisión y es considerablemente más leve que la que le corresponde a un homicidio simple (de 8 a 25 años).

Sin embargo, antes de iniciar las indagatorias, el fiscal Walter Mercuri de la UFI N° 8 de Madariaga y la fiscal Verónica Zamboni, de la UFID N° 6 de Villa Gesell, cambiaron la tipificación a "homicidio agravado por concurso premeditado de dos o más personas y alevosía”, por lo que los culpables enfrentarían una pena de prisión perpetua.

Como estipula el artículo 95 del Código Penal, para que una muerte quede encuadrada dentro de la figura del homicidio en riña, en el hecho deben participar “dos o más personas sin que constare quiénes causaron” la muerte o las lesiones. En ese caso, “se tendrá por autores a todos los que ejercieron violencia sobre la persona del ofendido y se aplicará reclusión o prisión de dos a seis años en caso de muerte y de uno a cuatro en caso de lesión”.

Esta figura legal ha recibido cuestionamientos en el mundo del derecho debido a que muchos especialistas entienden que al no estar claro quién es el autor del delito no se estarían respetando los principios de inocencia y de culpabilidad. Esto obligó a la Corte Suprema a sentar un precedente en 2006. En el caso “Antiñir” el máximo tribunal convalidó la tipificación y determinó que la misma era constitucional.

“Por lo que se pudo conocer a través de los videos y de las primeras informaciones, este caso no parecería encuadrar en un homicidio en riña. Para que haya una riña la tienen que protagonizar dos grupos de personas. Entiendo que la estrategia de la defensa tal vez encare para ese lado porque es una pena de menor cuantía”, explicó Gabriel Iezzi, abogado especializado en derecho penal.

“Si bien hubo aparentemente algún empujón o insulto adentro del boliche no parece que ese sea el caso”, indicó y agregó que “hubo un grupo de personas determinadas que son estos 11 jugadores de rugby de Zárate, que además habían consumido alcohol, y directamente salieron con toda la intención de agredir”. La autopsia, además, reveló que Báez Sosa murió a causa de un traumatismo severo de cráneo: un golpe muy fuerte en la cabeza que le provocó un sangrado interno y la muerte inmediata.

“El hecho es un homicidio en riña en la medida de que el muerto se defienda. Cuando el muerto no se defiende empiezan a jugar otros factores al momento de decir que hay involucramiento de dos o más personas y alevosía”, aclaró por su parte el abogado Christian Poletti. “La premeditación o el concurso premeditado de dos o más personas es tener la intención de matar a alguien. Lo que está haciendo la fiscalía es señalar que las las personas tuvieron el dolo directo, que quisieron matarlo”, explicó, pero aclaró que “me parece que es una imputación difícil de acreditar”.

Para Iezzi, sin embargo, “la mirada jurídica inicial es correcta”: “Coincido con el fiscal, me parece que está trabajando muy bien. No hay elementos para determinar que haya habido una riña; para que eso ocurra dos grupos tienen que agarrarse a golpes. Acá lo que parece que estaban sentados ahí y fueron directamente a agredirlos", señaló y añadió que "la calificación por supuesto es provisoria y hay mucho para discutir, pero coincido en que es premeditado y agravado por alevosía”.

El primer agravante para el letrado se da por la manera en que se produce la brutal agresión. “No es espontáneo. Espontáneo es si voy caminando por la calle, alguien me mira mal y nos agarramos a trompadas. A este chico lo fueron a buscar. Tuvieron el tiempo para poder recapacitar y tuvieron la intención clara de agredir y lastimar. Son chicos grandes y por lo que se puede ver en las imágenes deberían haberse representado que podría producirse la muerte y no les importó”, explicó Iezzi y aclaró que la alevosía, en tanto, “está dada en la virulencia de los golpes, el exceso en la violencia”.

Este domingo, a raíz del análisis de los videos de la agresión, el fiscal reveló que habría identificado a tres de los jóvenes que golpearon a la víctima en la cabeza. Además, el fiscal aseguró que tiene pruebas que confirman que los rugbiers “participaron de la gresca”, aunque aclaró que no todos le pegaron al joven fallecido. Sin embargo, en caso de ser considerado partícipe necesario del delito, también les cabría la misma pena. “Nuestro Código Penal no distingue entre autores y partícipes necesarios”, explicó Poletti.

En Argentina, según señala el artículo 13 del Código Penal, la persona que fuera condenada a reclusión perpetua, una vez cumplidos los 35 años de condena, puede obtener la libertad por resolución judicial, “previo informe de la dirección del establecimiento e informe de peritos que pronostique en forma individualizada y favorable su reinserción social” con una serie de condiciones. Es decir que, en caso de recibir esa pena, los acusados saldrían en libertad después de los 53 años.

El domingo por la tarde, 10 de los detenidos –cinco de ellos alojados en la Comisaría 2da de Gesell y otros cinco en la comisaría 1era de Pinamar– se negaron a declarar. Ayer a la mañana, sin embargo, sí declaró en indagatoria Pablo Ventura, el detenido número 11, que fue señalado por el resto de los acusados e intenta probar que se encontraba en Zárate al momento que ocurrió el hecho (ver nota aparte en esta misma edición).

Según pudo saberse, a los 11 acusados se les tomará una muestra de sangre para contrastar con las muestras hemáticas que había en la ropa y elementos que fueron secuestrados.

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