miércoles, 6 de noviembre de 2019

Revés para Daniel Santoro y respaldo a la Comisión Provincial por la Memoria

El juez Ramos Padilla rechazó un planteo de nulidad del operador periodístico, remarcando que “ninguna persona, sea cual sea su profesión, se encuentra habilitada a participar en maniobras" ilegales. Además, remarcó que el organismo conducido por Adolfo Pérez Esquivel no evaluó la labor periodística ni ninguna nota en particular.


El juez Alejo Ramos Padilla rechazó la nulidad del informe elaborado por la Comisión Provincial por la Memoria, que había sido planteada por el pseudoperiodista procesado Daniel Santoro. 

En una resolución firmada ayer, el magistrado que investiga la mega red de espionaje ilegal aseguró que “ninguna persona, sea cual sea su profesión, se encuentra habilitada a participar en maniobras” ilegales y negó que la CPM haya evaluado la labor del periodismo o analizado alguna nota periodística en particular. El respaldo del juzgado de Dolores al trabajo de la organización liderada por Adolfo Pérez Esquivel se da tras el ataque encabezado por algunos medios de comunicación al aporte de la Comisión en la causa que puso en vilo al régimen fascista de Miauricio Macri Blanco Villegas.

La defensa de Santoro había solicitado la nulidad de la medida de prueba encomendada por el juzgado de Dolores a la Comisión Provincial por la Memoria y había requerido la “destrucción y exclusión del proceso” del informe elaborado por el organismo.

Ahora, Ramos Padilla se refirió en duros términos al intento de Santoro por mostrarse como víctima de un ataque a la libertad de prensa:.“Ninguna persona, sea cual sea su profesión, se encuentra habilitada a participar en maniobras que incluyan coacciones, extorsiones, o en la planificación de actividades de inteligencia ilegal encaminadas a perjudicar una o más personas”, señaló el juez.

En una férrea defensa al trabajo de la CPM, Ramos Padilla destacó que la organización “ha sido auxiliar de la justicia en numerosos casos de gran relevancia pública después de recuperada la democracia (Kosteki y Santillán, AMIA, La Tablada, el secuestro y asesinato de Andrés Núñez, entre muchos otros) en los que resultó necesario el relevamiento de una cantidad importante de documentación, y en los que presentó diversos informes, tales como los realizados en esta causa. Su intervención en ninguno de esos otros expedientes judiciales resultó cuestionada”.

Al mismo tiempo, el juez de Dolores recordó que “el informe cuestionado por el imputado y procesado Daniel Santoro, al igual que los tres informes anteriores presentados por dicha Comisión -con fechas 12 de marzo, 24 de abril y 8 de octubre-, limita su objeto de análisis a la información contenida en los aparatos electrónicos secuestrados al imputado y procesado Marcelo D’Alessio -en su mayoría, celulares y computadoras-. Una simple lectura de ese informe evidencia que no se analiza allí ninguna nota periodística, mucho menos su contenido, ni tampoco se evalúa la labor de ningún profesional del periodismo. La CPM es un organismo público y autárquico, independiente de cualquier gobierno y partido político y tiene el deber legal de confidencialidad”.
Fuente: nota de Sofía Caram para Página/12

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