La Cámara de Casación que revocó el procesamiento del prefecto Javier Pintos, que había sido encontrado culpable del asesinato del joven mapuche Rafael Nahuel.
"El fallo es escandaloso, está en linea con otro anterior de esta misma sala que instaló la doctrina de los mapuches como enemigos internos. Lo hacen en sintonía con el discurso del Ministerio de Seguridad y sospechosamente a cuatro días de las elecciones", dijo el abogado Mauricio Rojas, en respuesta a la resolución de la Cámara de Casación que revocó el procesamiento del prefecto Javier Pintos, que había sido encontrado culpable del asesinato del joven mapuche Rafael Nahuel. "La APDH es querellante y como querella vamos a ir ante la Corte Suprema contra este fallo que busca la impunidad", agregó.
Los abogados de la familia Nahuel ya habían recusado a esos camaristas por la manera prejuiciosa y despectiva con que se pronunciaron en un fallo anterior sobre la comunidad Lafken Winkul Mapu de Bariloche, por lo tanto la nueva resolución no está firme hasta que se resuelva tal planteo. "Con poca sutileza confunden el lugar de los hechos, dicen que Bariloche queda en Neuquén, pero además creen y escriben que el homicidio ocurrió en el predio que había sido desalojado dos días antes, y el homicidio sucedió a más de 600 metros de ese lugar, dando credibilidad inédita a las declaraciones del grupo de Albatros imputados", explicó Sebastián Feudal.
Además, el fallo de la sala III de la Cámara de Casación emitido el jueves apartó de la causa por el asesinato de "Rafita" Nahuel a los jueces Mariano Lozano, Richard Gallego y Ricardo Barreriro, integrantes de la Cámara Federal de General Roca, quienes en mayo habían procesado al grupo de la prefectura Albatros por homicidio agravado.
Apenas enterada de la noticia, la beoda ministra de Seguridad, Patricia Bullrich Luro Pueyrredón, festejó el fallo de los jueces Lilitana Catucci, Esteban Riggi y Juan Carlos Gemignani. “¡La verdad siempre triunfa!”, dijo por Twitter la ex montonera entregadora de compañeros, adicta -además de al tinto- a tergiversar los hechos de violencia institucional que han protagonizado sus subordinados durante el régimen macrifascista. Y saludó que el tribunal considere que Pintos y los demás prefectos “fueron atacados en Mascardi por 20 personas con despliegue de tipo militar, con lanzas y armas de fuego”.
Catucci, Riggi y Gemignani sostienen que sus pares de General Roca dejaron de lado, por motivos “extrajurídicos”, un peritaje de Gendarmería Nacional que beneficiaba a Pintos. Por eso, dijeron, se trató de un fallo “arbitrario” que debe ser anulado y además se debe “apartar” a los jueces del caso y “ordenar que se dicte una nueva resolución”.
Esos camaristas insistieron en la existencia de un “enfrentamiento” entre los uniformados y los integrantes de la comunidad mapuche que estaban en el lugar. Los jueces no ponderaron que, tal “enfrentamiento”, se dio con armas calibre 9 milímetros, por un lado, y piedras, por el otro.
La Cámara de General Roca habían revocado el fallo del juez de primera instancia Leónidas Moldes, quien había procesado a cinco miembros del grupo Albatros por exceso de legítima defensa, entre ellos Pintos. Si bien los jueces Lozano, Gallego y Barreriro había dictado falta de mérito para cuatro de ellos, a Pintos lo mantuvieron procesado e incluso le habían agravado la calificación.
"Ese peritaje de Gendarmería en todo caso plantea la duda, que no impide un procesamiento. Hay otro peritaje que sí afirma que salió del fusil de Pintos la bala que mató a Rafita, mientras la de Gendarmería fue cuestionada por poco rigurosa la que hizo el equipo de Nigris usó métodos avalados por expertos del FBI y la CIA. Pero eso no es el núcleo de la sentencia, pueden creerle a una pericia o a otra, lo grave es el valor que le dan a las testimoniales de las fuerzas de seguridad y a la indagatoria de Pintos", explicó Feudal.
El fallo de Casación se apoya en un peritaje de Gendarmería -una fuerza que está al mando de Bullrich Luro Pueyrredón- en la que se había afirmado que el proyectil calibre 9 milímetros sacado del cuerpo de Nahuel “no corresponde al subfusil marca HK, modelo MP5, calibre 9x19 mm, nº de serie -05-335508 que le fuera asignado” al prefecto.
Fuente: nota de Adriana Meyer para Página/12
la Justicia debe ser veraz y legitima, de lo contrario quedara en la memoria como injusticia!
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