miércoles, 4 de noviembre de 2020

La Corte Suprema limitó los traslados a dedo de los okupas Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi, que seguirán solo hasta que se haga el concurso

La votación fue 4 a 1 y el clarinista Carlos Rosenkrantz volvió a quedar solo. En el fallo se sostiene que la Constitución sólo admite designar jueces por concursos y no por traslados definitivos -como los que hizo el macrifascismo-, que afectan la independencicia del Poder Judicial. Tendrán la posibilidad de postularse.


En una sentencia de 4 votos a 1 que reparte críticas para todos lados, la Corte Suprema dejó en claro que los jueces y juezas sólo pueden ser nombrados/as por concurso, con intervención del Poder Ejecutivo (que elegirá de una terna) y acuerdo del Senado. 

Con este razonamiento sostuvo que ninguna designación por traslado puede ser definitiva y que los jueces okupas Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi podrán quedarse en la estratégica Cámara Federal de Inodoro Py, donde el macrifascismo intentó llevarlos para siempre con ese mecanismo, hasta que termine el concurso para cubrir las vacantes, al que podrán postularse y rendir examen. Esto podría llevar unos dos años. 

El fallo está basado en un voto que armaron en conjunto Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, al que adhirió en su esencia Elena Highton de Nolasco. Carlos Rosenkrantz, como ya había dejado dejando en claro, sostiene que los traslados son definitivos y no hay vuelta atrás. Para la mayoría, en cambio, esa interpretación viola la Constitución Nacional y la independencia del Poder Judicial.

En la práctica, el dúo en cuestión podrá volver al tribunal de alzada en Inodoro Py pero sólo hasta que termine un nuevo concurso, al que se podrán presentar. Este es un dato clave: de acuerdo con el fallo que se perfila, el Consejo de la Magistratura deberá llamar a un nuevo concurso para esos dos lugares y no podrá incluirlos en el que ya está en marcha para otras dos vacantes en la misma Cámara.

La decisión, con la que la Corte intenta resaltar su poder de quedarse con la última palabra en grandes temas institucionales y políticos, reparte cachetazos para todos lados. Es crítica con el Consejo de la Magistratura y declara la inconstitucionalidad de la resolución 183/2020 con que ese organismo estableció este año que una decena de traslados de jueces y juezas eran irregulares porque no habían completado el proceso. Según los supremos, el Consejo convalidaba un procedimiento que no es exactamente el que establece la Constitución. La decisión revoca también la resolución de la jueza de primera instancia del fuero contencioso, que rechazaba el reclamo de Bruglia y Bertuzzi. A la vez, la Corte no hace lugar al amparo de los okupas, porque precisamente pretendían quedarse en forma definitiva en la Sala I de la Cámara Federal.

Para entender la relevancia de este debate hay que remontarse a fines de 2016 cuando el nefasto régimen fascista de Miauricio Macri Blanco Villegas comenzó a hacer distintos movimientos para lograr ubicar en cargos judiciales que les interesaban particularmente por los expedientes que tenían a su cargo a jueces y juezas que les merecían confianza o les resultaban afines. 

Una de las primeras estrategias utilizadas fue convertir tribunales orales ordinarios en federales, que serían claves en llevar adelante los juicios orales contra Cristina Fernández de Kirchner y otros ex funcionarios del kirchnerismo. La Corte desarticuló esa iniciativa en ese entonces por medio de dos acordadas, las 4 y 7 de 2018, sobre las que vuelve en esta sentencia sobre traslados.

De hecho, impidió que se conformara un tribunal al que hasta le habían asignado el primer juicio contra CFK. Luego de ese ese golpe, las huestes del hijo bobo de Franco Macri en el Consejo, comenzaron a promover más designaciones en otros cargos utilizando artilugios similares: así fue que efectuaron traslados, y comenzaron a pasar con la decisión de una simple mayoría del organismo a jueces y juezas de un cargo a otro. Bruglia y Bertuzzi estaban en el Tribunal Oral 4 y pasaron nada menos que a la Cámara Federal, donde se plasmó la doctrina Irurzun y se avalaron los métodos de la causa cuadernos, entre otras cosas.

Esto se repitió con otros cargos, como el caso de Germán Castelli, que pasó de un tribunal oral de San Martín a un tribunal federal, el 7, que casualmente tiene el caso de las fotocopias de los cuadernos. Otros 7 jueces/zas más figuran como trasladados sin concurso ni acuerdo del Senado, la mayoría durante le gobierno de Cambiemos, y sus traslados están bajo revisión de la Cámara Alta. Lo que sucede es que la Corte dice ahora que para todos esos casos el procedimiento correcto es que se hagan los concursos, no basta solo con el acuerdo del Senado. Así, todos los trasladados/as que estén en tela de juicio, podrán continuar de manera provisoria en los lugares que ocupen en esa condición, con garantía de inamovilidad, pero tendrán que irse cuando termine el concurso, a menos que se presenten y lo ganen, que es una posibilidad.

En medio de este rompecabezas, el dato político relevante se relaciona con la conformación de la Cámara Federal, que tiene seis cargos, divididos en dos salas. Hasta hoy manejaban exclusivamente este tribunal Martín Irurzun y Mariano Llorens. Ahora podrán volver Bruglia y Bertuzzi por un tiempo y quedan dos lugares vacíos. Para estos dos últimos, ahora el Consejo podrá elevar candidatos al Poder Ejecutivo porque ya hay un orden de mérito. Para los de los dos okupas, tendrá que hacer una nueva convocatoria. En los hechos, vuelven a estar los “viejos” jueces de la Cámara que jugaron fuerte durante el gobierno de Cambiemos.

Ahora, las causas más sensibles que tendrán por revisar son las que involucran a Macri Blanco Villegas y varios de los integrantes del mejor equipo de los últimos 50 años. Una variante sobre la que aún no hay definiciones es la posibilidad de que vuelva a uno de esos dos lugares el camarista Eduardo Farah, que dijo en el Senado que sólo había pedido su traslado porque estaba presionado por el macrismo a raíz de que dejó en libertad a los dueños del Grupo Indalo, Cristóbal López y Fabián de Sousa. La diferencia con otros casos es que Farah había concursado para ese lugar que ocupaba en la Cámara y al que quiere volver.
Fuente: nota de Irina Hauser para Página/12

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