jueves, 5 de noviembre de 2020

Decepcionados tras el fallo de la Corte, Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi solicitaron una licencia para evaluar los pasos a seguir

Los jueces okupas, que habían sido trasladados de la Cámara Federal, esperaban que el máximo tribunal les diera la razón luego de haber aceptado el per saltum. La decisión derivó en que su pase en el tribunal de revisión sea solo transitorio y queden ahí hasta que se defina un concurso por esas vacantes.


Después del fallo de la Corte Suprema de Justicia que determinó que los traslados no eran definitivos y que podían seguir en esos puestos mientras se abre un concurso para ocupar esas vacantes, los jueces okupas Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi decidieron pedir una nueva licencia para evaluar cuales serán sus próximos pasos. Según confirmaron sus allegados, los jueces buscan ahora analizar “con tranquilidad” las consecuencias del fallo al que en voz baja califican de “horroroso”. En el entorno de Bruglia y Bertuzzi señalan que los jueces buscan estudiar los pasos a seguir con todas las cartas sobre la mesa. La renuncia no está descartada, pero tampoco decidida.

Lo cierto es que, con este escenario, el regreso de Bruglia y Bertuzzi al segundo piso de Inodoro Py no será inminente. La licencia fue presentada ayer al mediodía ante ante la Cámara Federal, a cargo del juez Martín Irurzun, lugar desde donde habían sido desplazados por el Consejo de la Magistratura.

“El pronunciamiento aludido produjo un cambio abrupto y radical en relación al procedimiento de traslados de magistrados que se encontraba debidamente reglamentado y su aplicación era pacífica desde hace más de 40 años. La inédita decisión de la C.S.J.N. estableció sobre mi situación laboral un escenario que considero necesario analizar con prudencia y tranquilidad y por ello es que voy a solicitarle quiera tener a bien concederme, a partir del día de la fecha, 5 días hábiles de licencia compensatoria por vacaciones no gozadas correspondientes al período de 5 días hábiles del mes de julio del año 2018”, escribió Bertuzzi.

En el mismo sentido, Bruglia afirmó que “cuando en octubre del año 2017 solicité al Consejo de la Magistratura de la Nación mi traslado al cargo que actualmente ocupo en esta Cámara, lo hice en la inteligencia y convencimiento -fundado en cientos de procedimientos ocurridos durante los últimos cincuenta años-, con innegable arraigo y tradición, de tratarse de un instituto de carácter permanente que implicaba un cambio definitivo de destino. Esto nunca fue mayormente controvertido y el máximo Tribunal, habiendo tenido significativas oportunidades de expedirse, incluso hace dos años, nunca objetó la constitucionalidad del sistema. Por este procedimiento debidamente reglado y por ende legal hasta el día de ayer, mantenía mi estatus laboral de juez de Cámara titular, pero en otro destino”.

“El fallo de la Excma. CSJN pronunciado el día de ayer ha producido un cambio sustancial y abrupto en el status quo jurídico del instituto y por ende de mi situación laboral, pasé de un momento a otro a ser convertido en un juez provisorio regido ya por un instituto sin género, superpuesto con las subrogancias, situación que debo analizar con la tranquilidad del caso”, añadió.

Bruglia y Bertuzzi se encuentran de licencia desde mediados de septiembre cuando el Senado rechazó sus traslados por no haber asistido a la audiencia a la que los convocaron y de inmediato el Ejecutivo publicó el decreto que anulaba sus pases. Lo mismo ocurrió con Castelli. Todos esperaban la resolución de la Corte Suprema cuando aceptó el per saltum solicitando los amparos para mantenerlos fijos en sus cargos.

En el caso del juez Germán Castelli, quien había sido trasladado ante el Tribunal Oral Federal 7, todavía no fue definido por la Corte Suprema, aunque se descuenta que tendrá la misma respuesta que sus colegas de la Cámara Federal: quedarse momentáneamente en su cargo a la espera del concurso.

El martes, la Corte Suprema de Justicia decidió que la Constitución Nacional solo admite designar jueces por concurso y no por traslados definitivos. Se declaró además la inconstitucionalidad del actual Reglamento de Traslado de Jueces del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación y se exhortó al Congreso de la Nación para que dicte una Ley que reglamente el traslado de magistrados judiciales.

La decisión fue tomada por Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton, con un voto propio. El clarinista presidente del máximo tribunal, Carlos Rosenkrantz, entendió que había que los traslados eran definitivos y había que mantenerlos en sus cargos de la Cámara Federal.

La notificación del fallo, de 134 páginas, les llegó pasadas las 6 de la tarde, cuando la noticia del rechazo a su planteo ya se conocía desde el mediodía pero no había trascendido la letra fina de la argumentación que estructuraron en la Corte para decirles que no. “Nunca hubo en el derecho argentino ni en la designación de los actores una referencia a que el traslado sea definitivo, por lo tanto, no hay derechos subjetivos ni aplicación retroactiva de la ley”, dijo la Corte en sus fundamentos y concluyó que “las costumbres contrarias a la Constitución no generan derechos”.

Bruglia y Bertuzzi creían, junto a gran parte de la oposición, estar amparados en las acordadas 4 y 7 que la misma Corte resolvió en el 2018. Pero ayer el voto mayoritario del máximo tribunal respondió que “las acordadas 4/2018 y 7/2018 impidieron en su momento la conversión de jueces nacionales ordinarios en jueces federales y evitaron que los traslados se convirtieran en nombramientos definitivos. Tales votos deben leerse no sólo en clave de la situación que puntualmente evitaron en su momento -lectura prejuiciosa que se realizó en esa época y que generó comentarios que hoy se revelan manifiestamente desacertados-, sino con una mirada de presente y de futuro, pues evitan y evitarán los intentos de cobertura inconstitucional de vacantes de forma definitiva, clausurando la posibilidad de que se recurra a este Tribunal en busca de ‘indulgencias’ o ‘moratorias constitucionales'".

Así las cosas, el Consejo de la Magistratura deberá llamar ahora a un concurso para cubrir las dos vacantes de la Sala I que ocupan hasta ahora Bertuzzi y Bruglia. Tal como deja establecido la Corte Suprema en su fallo, ellos podrán participar de ese concurso si así lo desean.

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