viernes, 2 de septiembre de 2022

Revés judicial para Rodríguez Larrata y Acuña: el régimen porteño deberá devolver los descuentos salariales a docentes que pararon en plena pandemia

Además, la jueza Laura Cristina Castagnino condenó al Ejecutivo de la CABA y la ministra de Educación a pagar una multa de 3 millones de pesos y el pago del costo del proceso judicial.


Ante un paro docente, la respuesta del régimen porteño es descontar los días de huelga en vez de saldar las demandas del sector. Desde los gremios aseguran que es una medida que atenta contra el derecho constitucional a huelga, una de las garantías elementales que tienen los trabajadores y trabajadoras en un sistema democrático. Esta vez, fue la Justicia nacional que le puso coto a esta medida disruptiva, históricamente ejecutada por el PRO en la CABA, y que se profundizó durante las gestiones del alcalde porteño, Horacio Rodríguez Larrata y la ministra de Educación, Soledad Acuña

En las últimas horas, el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nº 4, ordenó al régimen de la ciudad que reintegre los descuentos de salarios realizados contra decena de miles de docentes que efectuaron medidas de fuerza en el marco de la vuelta a las aulas en medio de la ola de contagios de Covid-19; hechos que ocurrieron durante los meses de abril, mayo y junio de 2021. La sentencia es producto de una presentación judicial realizada por la Asociación Docente de Enseñanza Media y Superior (ADEMYS), que argumentó: “las huelgas fueron convocadas para resguardar la vida y la salud de los/as docentes y sus familias, frente a la tozuda decisión del GCBA de mantener la presencialidad y exponer a miles de docentes al contagio masivo de Covid-19 en un momento donde todavía no había vacunación efectiva para los y las trabajadores de la educación”.

La orden judicial, firmada por la Jueza Laura Cristina Castagnino, condena al régimen porteño por “práctica desleal”, con una sanción de 3 millones de pesos  “en los términos del art. 53 incs. e) de la ley 23.551, corresponde aplicar una multa por infracción laboral grave, de conformidad con lo dispuesto por el art. 3o inc. g) de la ley 25.212, cuyo monto fijo, razonablemente, en vista de las constancias y características del caso”. La suma total de la multa “será percibida por la autoridad administrativa del trabajo y destinada al mejoramiento de los servicios de inspección del trabajo”, sentencia el fallo.

En otro párrafo, la justicia ordena la “inmediata devolución de los descuentos efectuados por el Gobierno de la Ciudad a los/as trabajadores/as docentes de enseñanza media y superior que se adhirieron a las medidas de acción directa convocadas en el mes de abril, mayo y junio de 2021, en el marco del conflicto colectivo suscitado en torno a la presencialidad durante la denominada “segunda ola” de contagios, en la forma dispuesta en el considerando I in fine, bajo apercibimiento de astreintes.”

Desde el gremio docente, emitieron un comunicado donde califican “como novedosa forma de ejercer el derecho de huelga”, el hecho de abstenerse a “concurrir a clases presenciales para resguardar la salud y la vida”. En el mismo sentido destacan que el conjunto de trabajadoras y trabajadores de la educación “pusieron a disposición de la comunidad educativa clases remotas a partir de medios virtuales y dispositivos tecnológicos, garantizando la continuidad pedagógica”.

El documento redactado por la Asociación Docente destaca que, además, la multa de 3 millones de pesos es por “violar la libertad sindical, todo ello en virtud de que la actitud patronal de descontar salario por huelga resultó un acto discriminatorio contrario a los derechos humanos fundamentales de nuestros y nuestras compañeros/as”, y agrega: “Si bien es posible que el gobierno apele esta resolución, constituye un paso fundamental y de fondo en la pelea contra el gobierno y en el camino de lograr la devolución efectiva de los salarios descontados por los días de huelga”.
Fuente: nota de Martín Suárez para Tiempo Argentino

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