Es en el marco de un recurso presentado por la Asesoría Tutelar N°4 que advirtió sobre la "situación de colapso de los comedores comunitarios" debido al aumento de la demanda.
La jueza en lo contencioso administrativo porteña Elena Liberatori ordenó al régimen de Horacio Rdoríguez Larrata "incrementar las raciones" de alimentos a los comedores de barrios vulnerables (vulnerados en realidad) para que "alcancen en forma suficiente y adecuada", en el marco de la emergencia por la pandemia de coronavirus Covid-19.
La magistrada sostuvo que el Ejecutivo porteño debe acreditar "de qué manera está asistiendo con alimentos a aquellas personas que habitan en barrios vulnerados y que se encuentran aisladas en sus casas, ya sea por padecer la enfermedad de Covid-19 o bien debido al cierre preventivo de varios de los comedores comunitarios”.
Además, decidió que “en el plazo de 3 días hábiles administrativos” suministre "las raciones alimentarias que sean necesarias” a grupos familiares que forman parte de una planilla confeccionada por la Asesoría Tutelar 4 de la justicia local.
La jueza ordenó que el Ejecutivo porteño deberá probar el cumplimiento de las medidas dispuestas “mediante la presentación de un informe circunstanciado y debidamente documentado" en un "plazo máximo de 10 días hábiles administrativos, contados a partir de la notificación” de la resolución.
Por otro lado, el fallo dispuso que se entregue a los trabajadores de comedores comunitarios "los insumos y elementos de limpieza y protección necesarios en cantidad y calidad suficiente para desarrollar su labor minimizando el riesgo de contagio”.
La causa fue iniciada por la Asesoría Tutelar Nº 4 en representación de los derechos de niños, niñas y adolescentes y personas con padecimientos mentales que residen en villas y asentamientos, que requieren asistencia alimentaria debido a la cuarentena por la pandemia de coronavirus.
Jueza Elena Liberatori |
Inicialmente hubo una serie de peticiones en el Barrio Padre Ricciardelli (ex Villa 1-11-14) de Flores, a las que luego se sumaron pedidos del mismo tenor de otros asentamientos, según consta en la causa.
La Asesoría Tutelar remarcó la “situación de colapso en los comedores comunitarios” debido a que “el aumento de las raciones no está en conjunción con el de la demanda de quienes requieren ayuda en esta contingencia”.
Liberatori evaluó que “la cuarentena obligatoria y las medidas de restricción en general, adoptadas tanto por el Poder Ejecutivo Nacional como por el GCBA, implicó que la población en general, y la de los barrios vulnerados en particular, mermara su actividad laboral”.
La jueza, cuyo fallo cita el discurso que dio el papa Francisco el 9 de julio de 2015 en Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, sobre el derecho a “tierra, techo y trabajo”, sostuvo que la medida cautelar “emerge como una vía válida para tutelar eficaz y razonablemente” a la población de esos barrios.
La magistrada dispuso, además, que “atento al aumento de los casos de dengue” el régimen porteño “proceda a entregar repelente en todos los comedores comunitarios y centros de salud ubicados en los barrios vulnerados de la Ciudad” en un plazo máximo de cinco días.
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