sábado, 25 de abril de 2020

La Corte Suprema avaló que el Senado sesione de manera virtual aunque se declaró incompetente frente al pedido de Cristina

El máximo tribunal sostuvo que la Cámara alta tiene las atribuciones constitucionales para interpretar su propio reglamento en cuanto a la manera virtual o remota de sesionar.


La Corte Superma de Justicia rechazó anoche abrir el recurso para analizar el pedido de de la vicepresidente Cristina Fernández de Kirchner para hacer lugar a una acción declarativa de certeza, buscando evitar futuras impugnaciones a las leyes que puedan votarse por teleconferencia. Con esta decisión, la ex presidenta queda habilitada para poder llamar a sesionar al Senado para debatir leyes impositivas, como el impuesto a la riqueza.

La decisión fue tomada por los ministros Carlos Rosenkrantz, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti. Según indicaron fuentes judiciales, la mayoría integrada por Highton, Maqueda, Lorenzetti resolvió que el Senado de la Nación tiene las atribuciones constitucionales para interpretar su propio reglamento en cuanto a la manera virtual o remota de sesionar, sin recurrir a la Corte.

Rosatti, en un voto concurrente, declaró que la presentación no correspondía a la competencia originaria de la Corte y subrayó que el Senado puede regular su propio funcionamiento, sin que ello signifique prejuzgamiento sobre el contenido del debate.También advirtió que "lo resuelto por este alto tribunal no implica avalar ni invalidar apriorísticamente ninguna norma futura que se sancione, presencial o no presencialmente".

Rosenkrantz, en disidencia parcial, entendió que la presentación no constituye acción o recurso regulado en la Constitución, y se pronunció por rechazar "in límine”.

Cristina Fernández de Kirchner, como titular del Senado, presentó la semana pasada ante la Corte Suprema una acción declarativa de certeza para que el máximo tribunal avale o no si el Senado puede sesionar a través de medios digitales en este contexto de emergencia sanitaria. Y advertía expresamente que la definición era de suma importancia porque se buscaba analizar proyectos de ley sobre cuestiones impositivas, como el impuesto a la riqueza durante la emergencia desatada por la epidemia del COVID-19.

La vicepresidenta reclamó que el máximo tribunal “despeje el estado de incertidumbre respecto a la validez legal de sesionar mediante medios virtuales o remotos”. Es que el artículo 30 del Reglamento del la Cámara de Senadores de la Nación indica que “los senadores constituyen Cámara en la sala de sus sesiones y para los objetos de su mandato, salvo en casos de gravedad institucional".

Y, aunque cada cámara del Congreso puede modificar su propio reglamento, el escrito planteaba la necesidad de reunirse para sesionar, que podría poner en peligro la vida de alguno de los legisladores, por estar en una edad de riesgo para el coronavirus; o la dificultad de movilizarse en medio del aislamiento social, preventivo y obligatorio.

La presentación fue formulada por la jefa del área legal del Senado, Graciana Peñafort, que defendió en Twitter su planteo durante días -incluso con el apoyo de la vicepresidenta- y ahora terminó denunciada por un grupo de diputados macrifascistas por haber escrito que "es la Corte Suprema quien tiene que decidir ahora si los argentinos vamos a escribir la historia con sangre o con razones. Porque la vamos a escribir igual".

Rosenkrantz había abierto la feria extraordinaria para decidir si se le daba curso a la cuestión y pidió la opinión del procurador general sobre la admisibilidad del recurso (no sobre el fondo). El procurador interino macrifascista Eduardo Casal dictaminó el martes que había que rechazar el planteo: afirmó que no había una controversia para analizar (no había caso) y subrayó que el tema no era competencia originaria para ser tratado por la Corte para que el máximo tribunal interviniera directamente, sin el paso previo de instancias anteriores.

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