La fiscal Gabriela Boquín había alertado sobre "la posible comisión de un delito" por parte de los responsables del Correo Argentino durante la administración del Grupo Macri para evitar la declaración de la quiebra.
La jueza en lo Comercial Marta Cirulli rechazó suspender medidas tendientes a determinar si fueron cometidas irregularidades o ilícitos con el propósito de evitar la declaración de la quiebra del Correo Argentino, en base a un planteo realizado por la empresa, informaron fuentes judiciales.
La magistrada, quien el lunes último dio por concluido el procedimiento de salvataje y decretó la quiebra de la compañía postal, se opuso a un pedido de revocatoria con apelación en subsidio presentado contra la orden de realizar diligencias probatorias reclamadas en su momento por la fiscal Gabriela Boquín.
Además, en las últimas horas, el juzgado envió un oficio al Boletín Oficial para que, por el lapso de cinco días, se publique la declaración de quiebra del Correo Argentino con identificación de los síndicos general, verificadores y controlantes.
"Hágase saber a los acreedores posteriores a la presentación en concurso que deberán adecuar sus pretensiones a lo prescripto" por el artículo 202 de la Ley de Concursos y Quiebras, consignó el oficio.
Agregó que "se intima a la fallida y a cuantos tengan bienes de ésta, a ponerlos a disposición de la sindicatura dentro del término de cinco días, prohibiéndose hacer pagos o entregas de bienes so pena de considerarlos ineficaces" y a que "dentro de 24 horas entregue los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad".
Meses atrás la fiscal Boquín había alertado sobre "la posible comisión de un delito" por parte de los responsables del Correo Argentino durante la administración del Grupo Macri para evitar la declaración de la quiebra y, por esa razón, Cirulli envió oficio a la Cámara Nacional en lo Criminal para que se investigue.
Sobre el planteo de la suspensión de medidas pendientes de ejecución en el fuero comercial, Cirulli sostuvo que son "diligencias probatorias, solicitadas con arreglo a la facultad requirente propia del Ministerio Público, en el curso nada menos que de un incidente de investigación, como lo es éste".
Agregó que "los argumentos planteados -sobre irregularidades en el proceso- por el presentante de la fallida implican disenso rotundo con el temperamento adoptado, más no contienen elementos que autoricen a revocar lo ordenado".
En su resolución Cirulli recordó que una semana atrás la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial rechazó la intervención del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en este procedimiento.
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