sábado, 27 de febrero de 2021

Cómo funcionará el sistema de vacunación del personal estratégico del Estado

Se creará un observatorio para monitorear el cumplimiento y emitir recomendaciones. Se convocará para su integración a organismos externos de relevancia sanitaria y/o académica.


La ministra de Salud, Carla Vizzotti, firmó la resolución que reglamenta el sistema para transparentar el proceso de vacunación a personal estratégico en los tres ámbitos del Estado, informaron fuentes oficiales.

De acuerdo con el procedimiento, se creará un observatorio para monitorear el cumplimiento y emitir recomendaciones. Se convocará para su integración a organismos externos de relevancia sanitaria y/o académica.

Asimismo, las personas consideradas personal estratégico deberán especificar los alcances de su función, el grado de exposición y el riesgo que implica su desempeño.

Las funciones ejercidas por los tomadores de decisión, en su calidad de personal estratégico, "deben ser relevantes para garantizar el adecuado funcionamiento del Estado", según establece la resolución.

¿Quién es personal estratégico?

La norma define como personal estratégico a las "personas que desarrollen funciones de gestión necesarias y relevantes para el adecuado funcionamiento del Poder Ejecutivo que acrediten el rol estratégico de su función, independientemente de la edad y la condición de salud; y realicen tareas presenciales que impliquen riesgo aumentado de exposición".

También a los y las "representantes del Estado argentino en organismos internacionales y los funcionarios jerárquicos y funcionarias jerárquicas que se desempeñen en los mismos que realicen tareas presenciales que impliquen riesgo aumentado de exposición".

Asimismo, comprende a las "personas que realicen viajes afuera del país como miembros de delegaciones oficiales encabezadas por integrantes de los Poderes del Estado Nacional; o personas que deban recibir, en nombre de estos poderes, comitivas oficiales que provengan del exterior en representación de otros Estados o de organismos internacionales".

El procedimiento

La resolución determina que "deberán pedir autorización por el sistema informático de la administración pública a la cartera de Salud para acceder a la vacuna" y que "será el Ministerio de Salud la autoridad que autorizará o rechazará la solicitud".

En ese marco, también "deberán completar un formulario donde autorizan la difusión de sus datos en un registro público para poner a disposición de los y las argentinas los datos sobre las personas que desarrollen funciones de gestión y/o conducción necesarias para el adecuado funcionamiento del Estado, que sean vacunados".

Por otra parte, se regula que "se deben vacunar en establecimientos autorizados" y la vacunación "se notificará en el Registro Federal de Vacunación Nominal", así como también "se constituirá un listado público que se actualizará de manera periódica".

De acuerdo a lo consignado por las fuentes, el Ministerio de Salud de la Nación podrá "difundir a través de los medios de comunicación y/o a poner a disposición de los y las ciudadanas que así lo soliciten, la información sobre quienes recibieron la vacuna contra la Covid-19, detallando: Nombre y apellido, fecha de nacimiento, DNI, cargo/función, repartición, vacuna recibida, número de dosis, fecha de aplicación, lugar de vacunación".

La norma de la cartera de Salud invita a "todas las jurisdicciones provinciales y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a realizar un protocolo para la solicitud de anuencia para vacunación Covid19, aplicable en el ámbito de su jurisdicción".

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