El DNU declara servicio esencial a las denominadas “tecnologías de la información y la comunicación” (TIC) y congela las tarifas de la telefonía fija, celular, internet y televisión paga. El decreto fue dictaminado la semana pasada en la Bicameral de Trámite Legislativo sin la presencia de la oposición.
El Senado de la Nación continuaba debatiendo al cierre de esta edición, en sesión especial, la validez del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) emitido por el Poder Ejecutivo para declarar como públicos y esenciales los servicios de telecomunicaciones.
El DNU declara servicio esencial a las denominadas "tecnologías de la información y la comunicación" (TIC) y congela las tarifas de la telefonía fija, celular, internet y televisión paga.
La discusión comenzó minutos después de las 21 y se espera que el debate continúe hasta alrededor de la una de la madrugada, ya que hay más de veinte oradores anotados en la lista para hacer uso de la palabra.
Se presume que el instrumento firmado por el presidente Alberto Fernández será aprobado con la mayoría que impondrá el Frente de Todos, ya que desde el interbloque de Juntos por el Cambio advirtieron que votarán en contra.
Además, los legisladores también deberán resolver la validez de otros Decretos de Necesidad y Urgencia, como el DNU 636/20 que dejó sin efecto su similar 522/20 que había dispuesto, el 9 de junio pasado, la intervención transitoria de la empresa Vicentin.
También se puso a consideración el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 157 del 14 de febrero de 2020, mediante el cual se crea la Agencia Nacional de Promoción de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación actuante dentro de la órbita del Ministerio de Ciencia Tecnología e Innovación.
Otros DNU que debatía anoche el Senado son el 582 del 6 de julio del 2020, mediante el cual se aprueba el modelo de Enmienda Nº 1 al Suplemento de Prospecto del 21 de abril de 2020 para la oferta de canje de deuda soberana sujeta a ley extranjera; y el 634 del 29 de julio del 2020 por el cual se prorroga hasta el 31 de agosto el plazo de acogimiento al Régimen de Regularización de Deudas establecido en el último párrafo del artículo 8 de la Ley Nº 27.541.
Finalmente, se trata el DNU 643 del 4 de agosto de 2020 del Poder Ejecutivo, que modifica el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 146/2017 sobre el Programa Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única (Pro.Cre.Ar).
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