El ex secretario general del Sindicato de Obreros Marítimos Unidos (SOMU) se encontraba bajo arresto domiciliario.
El Tribunal Oral Federal 4 ordenó liberar a Omar “Caballo” Suárez, quien está siendo juzgado por asociación ilícita. El gremialista se encontraba bajo arresto domiciliario, pero la defensa pidió su excarcelación en virtud de las nuevas pautas del Código Procesal Penal en materia de prisiones preventivas.
El TOF dispuso que permanezca en libertad, con tobillera con GPS y dispuso que no puede alejarse de un radio de 100 kilómetros a la redonda de su lugar de residencia o ausentarse por más de 24 horas. También debe “abstenerse de concurrir a las instituciones, entidades y empresas que se encuentran abarcadas por el objeto procesal de esta causa”. No puede salir del país y debe comprometerse a no obstaculizar la investigación.
La defensa del sindicalista había solicitado que cesara su detención preventiva a la luz de las nuevas normas que instan a los magistrados a optar por medidas menos lesivas para la libertad de las personas cuando fuere posible.
“La reciente implementación de una previsión que regula con mayor rigor el principio constitucional de necesidad de las medidas de coerción, superando el esquema casi binario de libertad provisional o prisión preventiva que rigió hasta hace poco, impone dilucidar si este progreso en el debate debe verse reflejado en una sustitución de las medidas de coerción adecuadas para asegurar el descubrimiento de la verdad y la aplicación de la ley penal sustantiva”, sostuvieron los jueces del TOF 4, a cargo de Néstor Costabel, María Gabriela López Iñiguez y Daniel Obligado.
Asimismo, añadieron que “debemos relevar que Enrique Omar Suárez se ha presentado y asiste regularmente al juicio oral y público en curso, como también que, en dicho marco, hemos recibido todas las declaraciones indagatorias de los imputados que así lo decidieron, de manera que en febrero próximo se dará inicio a la producción de prueba testimonial. Bajo este panorama, la reciente implementación de una previsión que regula con mayor rigor el principio constitucional de necesidad de las medidas de coerción (art. 210 CPPF), superando el esquema casi binario de libertad provisional o prisión preventiva que rigió hasta hace poco (art. 310 CPPN), impone dilucidar si este progreso en el debate debe verse reflejado en una sustitución de las medidas de coerción adecuadas para asegurar el descubrimiento de la verdad y la aplicación de la ley penal sustantiva”.
Histórico secretario general del SOMU, Suárez comenzó a dirigir el gremio en 1989 y estuvo hasta septiembre de 2016 cuando fue detenido. Está procesado por los delitos de asociación ilícita y entorpecimiento de las vías navegables que pedirle dinero a los barcos que querían ingresar a los puertos a través de una fundación y de una empresa vinculadas al gremio. Por esos hechos ya está en juicio oral.
La denuncia contra Suárez fue realizada por la interventora del sindicato, la diputada nacional del PRO Gladys González, quien sostuvo que el objetivo de las maniobras era obtener el control accionario de la empresa Marítima Maruba SA, que posee el monopolio de transporte de cargo de las rutas marítimas y fluviales de Argentina.
Días atrás, el juez Canicoba Corral había dictado un nuevo procesamiento contra Suárez y otros por lavado de dinero, a instancias del fiscal Gerardo Pollicita. Pero ese fallo no incluía la prisión preventiva.
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