La paciente psiquiátrica ambulatoria había sido denunciada por violar medidas de aislamiento por el Covid-19 por la realización de su fiesta de cumpleaños en diciembre de 2020 en su casa en Exaltación de la Cruz. Asistieron unas 70 personas con mariachis incluidos.
Elisa Carrió fue sobreseída en tiempo récord en una causa en la que fue denunciada por violar las medidas de aislamiento que se habían impuesto por el COVID-19.
La líder de la Coalición Cínica realizó una fiesta de cumpleaños en diciembre de 2020 en su casa de Exaltación de la Cruz junto a 70 personas y hasta un grupo de mariachis.
La acusación contra Carrió se hizo en tribunales días después de que estallara el escándalo por la fiesta en Olivos que protagonizó el presidente Alberto Fernández en julio del mismo año.
El juez federal de Campana Adrián González Charvay sostuvo que no se había cometido delito y por lo tanto sobreseyó a la dirigente de la alianza opositora de derecha Juntos por el Cambio. “Corresponde desvincular definitivamente de la presente (causa) a Elisa Maria Avelina Carrió”, afirmó.
En la resolución a la que accedió Currín, el juez sostuvo que el evento no había sido ocultado sino por el contrario difundido por distintos medios de comunicación. Para el magistrado, “ese no hace mas que robustecer la idea de que Elisa Maria Avelina Carrió interpretó que su obrar era ajustado a la normativa vigente, en tanto de considerarlo ilícito, lo presumible hubiera sido que intentara no hacerlo público”.
“Si bien es cierto que la ley se presume conocida por todos, lo cierto es que bajo el principio de razonabilidad, del análisis de la normativa, las constantes aperturas de medidas sanitarias de entonces y del contexto social al momento del hecho, me permiten tener por cierta la versión brindada” por la desquiciada ex diputada, afirmó el magistrado.
Carrió había hecho hincapié en que para su cumpleaños, a fines de diciembre del 2020, se encontraba vigente el DISPO (distanciamiento social) y no el ASPO (aislamiento social) y el propio Gobierno propiciaba que la gente pudiera irse de vacaciones con cuidados preventivos.
“Mi cumpleaños fue al aire libre, había gente de 80 años, no fue un cumpleaños de políticos, lo hice consultando con el intendente de Capilla del Señor. Todos vinieron testeados. El cumpleaños de diciembre del año pasado fue público y hubo fotos en todos los diarios. me sentí muy triste”, dijo la dirigente apenas fue denunciada. Explicó que en aquel entonces, para llevar adelante el festejo, le preguntó al intendente local cuántas personas podía invitar y bajo qué condiciones, aunque no precisó cuál fue la indicación del funcionario. “La mayoría de la gente eran amistades mías de toda la vida. (...) Todos tuvieron que venir testeados”, remarcó.
Entre los 70 invitados convocados había varios ex funcionarios y legisladores. Estaban, entre otros, el alcalde porteño, Horacio Rodríguez Larrata, el ex ministro de Economía Alfonso Prat el Gay, y su vice, Pedro Lacoste, el ex diputado Adrián Pérez y Mario Quintana, ex vicejefe de Gabinete, Maximiliano Ferraro, y los diputados nacionales Juan Manuel López, "Toty" Flores, Paula Oliveto, Mariana Zuvic, Mónica Frade, Marcela Campagnoli,Carmen Polledo, Pablo Torello, Lucila Lehmann y Mariana Stilman. También la senadora bonaerense Elisa Carca y el legislador porteño Agustín Forchieri, vicepresidente 1° de la Legislatura. Concurrieron además varios referentes de la UCR: Mario Negri, jefe del bloque de diputados; Daniel Salvador, ex vicegobernador de María Eugenia Vidal y actual titular del radicalismo bonaerense y el ex embajador en Uruguay de Cambiemos Mario Barletta.
Para Carrió, la denuncia en su contra buscaba equipararla al escándalo de Olivos. Tanto la denuncia contra el presidente Alberto Fernández, su pareja y el resto de los participantes de la fiesta, como la denuncia contra Carrió se radicaron en Inodoro Py.
El juez Sebastian Casanello entendió que no era competente para analizar hechos que sucedieron en otras jurisdicciones. La causa de Olivos la mando a San Isidro; la de Carrió, a Campana
En su resolución, el juez González Charvay entendió que no se podía avanzar en una acusación penal contra Carrió. Destacó que “a mediados de diciembre distinto portales se hacían eco de inminentes habilitaciones para fiestas de hasta 200 personas al aire libre, con protocolo, distanciamiento y un 30 por ciento de aforo”.
“Las medidas sanitarias de entonces eran muy variantes, en tanto los decretos y resoluciones que se publicaban cada 14 días normalmente iban modificando el panorama y como se dijo escalonadamente realizaban apertura”, explicó el juez. También se aludió a que en Exaltación De la Cruz la provincia de Buenos Aires había dispuesto que se encontraba en Fase 4, en donde las actividades sociales estaban permitidas hasta 20 personas al aire libre o cerrado con apropiada ventilación.
“Habré de destacar que, a fines del año 2020, hubo una apertura progresiva de distintos aspectos que hacen a la vida social. Así, a medida que finalizaba el año, cada vez era mayor el número de actividades habilitadas por las autoridades sanitarias, como lo fue la gastronomía en lugares con ventilación natural, reuniones sociales en lugares cerrados con protocolos, entre otras tantas. En esta línea, no puede dejarse de lado que, para ese entonces, se había decretado el fin del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio en todas las provincias del país, las que pasarían a una modalidad más laxa en cuanto a medidas sanitarias, denominada Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio”, destacó.
Sostuvo también que “en ese entonces se podía apreciar un relajamiento general en la sociedad, la que bajo los nuevos parámetros sanitaros dispuestos por las autoridades competentes, intentaba de manera escalonada volver a un modo de vida lo más parecido posible al anterior a la pandemia que azotó el mundo, lo que se sigue promoviendo hasta el día de la fecha”.
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