jueves, 14 de octubre de 2021

La Justicia rechazó la denuncia contra Gils Carbó por falta de pruebas y ordenó el archivo de la causa por supuestas irregularidades en el alquiler de un inmueble para la Procuración

El juez Ercolini dispuso "hacer lugar y homologar la solicitud formulada" por la fiscalía, que pidió el "archivo" de la causa por supuestas irregularidades en el alquiler de un inmueble para la Procuración en 2015.


El juez federal Julián Ercolini archivó una denuncia contra la ex procuradora Alejandra Gils Carbó por supuestas irregularidades en el alquiler de un inmueble para el organismo en 2015, al hacer lugar a un pedido de la fiscalía que concluyó que lo denunciado no fue corroborado.

Ercolini dispuso "hacer lugar y homologar la solicitud formulada" por parte de la fiscalía que pidió el "archivo" de la causa, según la resolución a la que tuvo acceso Currín.

"En función de las circunstancias expuestas y del resultado de las medidas probatorias llevadas a cabo, la fiscalía interviniente concluyó que las maniobras denunciadas no habían sido corroboradas a raíz de la prueba producida", explicó el magistrado.

Además en ese dictamen se argumentó que “tampoco se vislumbran nuevas diligencias que puedan resultar de interés para profundizar la pesquisa sin incurrir en un dispendio jurisdiccional innecesario opuesto a los principios de economía procesal que deben ser observados”.

La denuncia se abrió en abril de 2017 cuando la fiscalía de distrito de Saavedra y Nuñez impulsó una acción penal en base a una noticia publicada en el sitio web del pasquín envuelve huevos Clarín, sobre "supuestas irregularidades en la locación de un inmueble" por parte de la Procuración General de la Nación en 2015.

La decisión de alquilar el edificio en avenida Corrientes al 1600 se tomó porque en ese momento iba a implementarse el modelo acusatorio y se necesitaba un lugar para el funcionamiento de procuradurías y fiscalías especializadas.

Pero el 26 de febrero de 2016, la Sección Contrataciones de la PGN informó que en virtud "del diferimiento de la implementación del modelo acusatorio del CPPF, resultaba necesario “reconsiderar la razonabilidad de las locaciones de inmuebles que fueran impulsadas para su implementación”.

Por ello, se consideró que a fin de evitar “erogaciones innecesarias” y en virtud de la “situación de restricción presupuestaria imperante”, correspondía rescindir unilateralmente el contrato de locación que se había suscripto con VBR Group S.A.

Tras la denuncia inicial, la investigación se amplió por una presentación de Elisa Carrió y Fernando Sánchez vinculada a otros dos convenios para adquisición o locación de inmuebles entre 2014 y 2015.

El organismo alquiló el edificio de avenida Corrientes a VBR Group SA entre junio de 2015 y enero de 2016 y pagó 940.000 pesos por mes.

"Las alegaciones formuladas por los denunciantes, sin que, por lo pronto, se avizoren nuevas medidas que permitan esclarecer los aspectos fácticos que no han podido ser verificados a raíz de lo actuado en el legajo", concluyó la resolución judicial.

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