sábado, 1 de mayo de 2021

Una por una, las medidas dispuestas hasta el 21 de mayo frente a la pandemia de coronavirus

Las limitaciones varían según la situación epidemiológica de cada distrito. El AMBA está alarma sanitaria, en el máximo nivel de riesgo, y las clases presenciales en la región seguirán suspendidas. Se mantienen restricciones de circulación y en los horarios de funcionamiento de comercios y se reforzará el control.


Alberto Fernández dispuso mantener hasta el 21 de mayo las medidas de prevención ante la segunda ola de la pandemia de covid-19 vigentes. En ese marco convocó a todas las jurisdicciones a reforzar los controles y llamó a la población a realizar un nuevo esfuerzo para bajar la circulación, disminuir los contagios, y descomprimir lo más que se pueda el sistema de salud.

“La situación no se encuentra de ninguna manera resuelta. La cantidad de casos es realmente muy elevada”, señaló. En ese marco, expuso que “la situación epidemiológica en el AMBA es crítica y tenemos otras zonas con alta tensión sanitaria”.

El presidente explicó que las medidas se toman “en base a criterios epidemiológicos y sanitarios, considerando en primer lugar la cantidad de casos sobre la población; después, el aumento o no de casos en las últimas semanas; y por último, el nivel de ocupación de camas de terapia intensiva”; y diferenció “cuatro situaciones en distintos lugares del país en relación al riesgo. Hay zonas de bajo, medio y alto riesgo epidemiológico y sanitario. Y existe una cuarta categoría, aquellas zonas en situación de Alarma Epidemiológica y Sanitaria”.

Las medidas generales que rigen para todo el país son:

• Suspensión de los viajes grupales de egresados, de estudio y de grupos turísticos.

• Suspensión de las reuniones sociales de más de 10 personas.

• Suspensión de asistencia al trabajo para personas de riesgo.

En tanto, según tres factores (razón: aumento de casos en últimos 14 días, incidencia: cantidad de casos sobre población y ocupación de camas de terapia intensiva), las distintas zonas del país se clasifican en cuatro categorías:

1.- Situación de bajo riesgo epidemiológico y sanitario

2.- Situación de medio riesgo epidemiológico

3.- Situación de alto riesgo epidemiológico y sanitario

4.- Situación de alarma epidemiológica y sanitaria

Para las zonas de riesgo medio (de más de 40.000 habitantes - Indicadores: a) RAZÓN: 0.8 a 1.2 e b) INCIDENCIA: entre 50 a 150 casos c/ 100.000 habitantes), se establece que "es facultad y responsabilidad de gobernadores/as adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios".

Para las zonas de alto riesgo (de más de 40.000 habitantes – Indicadores: a) RAZÓN: MAYOR A 1.20 e b) INCIDENCIA: MAYOR A 150 c/ 100.000 habitante), las restricciones son las siguientes:

• Se suspenden actividades sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados, así como las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas

• Se suspende la práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas

• Se cierran casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.

• Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23 hs.

• Se prohíbe la circulación entre las 00.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.)

• Se establece un aforo de 30% para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y afines; locales gastronómicos; gimnasios.

• Se disponen medidas locales y focalizadas de contención para limitar la circulación por horarios, por zonas o determinadas actividades, teniendo en cuenta el estatus sanitario. Estas medidas podrán adoptarse también en los lugares de alto riesgo o riesgo medio y respecto de partidos y departamentos de menos de 40.000 habitantes.

Finalmente, para las zonas de alerta epidemiológica y sanitaria se disponen las siguientes medidas:

• Se suspende actividad de centros comerciales y shoppings.

• Se suspenden las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados.

• Locales comerciales entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente, con excepción de los esenciales con horario nocturno.

• Restricción en ámbito educativo: se suspenden las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en los todos los niveles.

• Se prohíben los deportes grupales.

• Se cierran casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.

• Entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente. Luego de las 19 podrán continuar bajo las modalidades delivery. En los horarios autorizados de funcionamiento, sólo podrán atender a sus clientes en espacios habilitados al aire libre.

• Se prohíbe la circulación entre las 20.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.)

• Transporte público solo para esenciales y autorizados.

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