En enero de este año, el Gobierno porteño ya había anunciado medidas similares para registros con vencimiento entre febrero del 2020 y diciembre del 2021.
El régimen de la ciudad de Buenos Aires dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia 11/21 que establece la prórroga por dos años la vigencia de las licencias de conducir que tengan fecha de vencimiento entre el 1° de enero de 2022 y el 14 de febrero de 2025, y cuya fecha de expedición sea previa al 17 de marzo de 2020. Los titulares de dichas licencias deberán tramitar la “reimpresión de la licencia de conducir con dos años de extensión - covid-19”.
El trámite de reimpresión de las licencias aún no puede llevarse a cabo porque el decreto aún no fue reglamentado. Esa tarea quedó en manos de la Dirección General Habilitación de Conductores, dependiente de la Subsecretaría de Servicios al Ciudadano de la Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
En enero de este año, el Gobierno porteño ya había anunciado medidas similares para registros con vencimiento entre febrero del 2020 y diciembre del 2021.
El decreto tiene “la finalidad de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del coronavirus, contemplando el funcionamiento de las actividades autorizadas en el marco de los protocolos aprobados para cada caso”. También apunta a evitar la aglomeración de personas al momento de renovar las licencias y la saturación del sistema.
El mismo decreto explica la falta de expedición de licencias como consecuencia de la pandemia “supone, a partir del año 2022, un incremento exponencial de trámites generados, al coincidir el vencimiento de las licencias prorrogadas durante los años 2020 y 2021, con las de aquellos titulares cuyas habilitaciones vencen de forma ordinaria”.
Es por eso que “en este contexto se conjugan no sólo la complejidad operativa de dar curso a las numerosas solicitudes -lo cual determinará en definitiva la posibilidad de acceso a una solicitud de la que dependerá la articulación de derechos del ciudadano- sino, además, el riesgo que supone la aglomeración de la población en las sedes de atención”, añade.
En síntesis, el decreto establece “una prórroga general del vencimiento por el término de dos (2) años sobre todo el universo de licencias vigentes emitidas antes de 17 de marzo del año 2020 y cuyos vencimientos originales operan desde el 1° de enero del año 2022 y hasta el día 14 de febrero del año 2025, se instituye como una precaución conveniente en términos de salud pública, puesto que se persigue evitar un aglomerado de gente que implique focos de contagio y una saturación del sistema de atención en lo inmediato”.
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