sábado, 4 de julio de 2020

El juez Federico Villena fue apartado de la causa por el espionaje ilegal macrifascista

Lo decidió la Cámara Federal de La Plata. El camarista Roberto Lemos Arias admitió el planteo realizado por varios de los espías imputados, quienes dudaban de la imparcialidad del magistrado. El caso queda en manos de Juan Pablo Augé, quien investiga otro caso de seguimientos ilegales durante el macrifascismo.


En medio de las indagatorias, el juez federal Federico Villena fue apartado de la causa sobre múltiples maniobras de espionaje ilegal durante el macrifascismo en función de planteos de los ex espías que están imputados. 

La decisión fue tomada por el camarista federal de La Plata, Roberto Lemos Arias, quien dio crédito al planteo de “temor de parcialidad” teniendo en cuenta que el propio Villena había dado órdenes a la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) sobre actividades que él mismo está investigando. El fallo no puede ser apelado.

“En la presente causa se investigan hechos de notoria gravedad institucional, que ameritan que sean investigados profundamente con la intervención de un juez sobre quien no recaiga ninguna duda sobre su imparcialidad, y que se encuentre en una clara posición de objetividad para valorar la prueba recolectada y decidir la situación procesal de las personas imputadas”, sostuvo el camarista.

El caso pasa a manos del juzgado 2 de Lomas de Zamora, que subroga Juan Pablo Augé, y que ya tiene a su cargo la causa sobre el espionaje al Instituto Patria y a Cristina Fernández de Kirchner.

La última indagatoria de anteanoche -que terminó pasadas las 3 de la madrugada- fue la de Susana Martinengo, la ex coordinadora de documentación presidencial, estrecha colaboradora de Miauricio Macri Blanco Villegas en la Casa Rosada y antes en la jefatura de gobierno porteño. La mujer está señalada como una de las personas que recibía informes de inteligencia ilegal de manos de los propios espías, principalmente de Leandro Araque, Jorge “el turco” Sáez y Facundo Melo, quienes tienen 12 ingresos a la casa de gobierno a reuniones específicas con Martinengo.

Estos tres ex espías, entre otros, declararon el jueves. Ahora todo pasará a manos del juez Augé pero los fiscales son los mismos que intervenían hasta ahora: Cecilia Incardona y Santiago Eyherabide. Son también quienes intervienen en la causa sobre el espionaje al Instituto Patria y a la casa de Cristina Fernández de Kirchner. Pero las defensas de los imputados ya anuncian que, en función del apartamiento de Villena, plantearán la nulidad de toda o parte de la causa.

El planteo de los espías imputados

Los espías que pidieron el apartamiento de Villena planteaban que en la causa sobre el espionaje macrista el juez estaba investigando tareas de inteligencia donde él mismo había tenido una intervención originalmente, y donde está en duda si fue cómplice de acciones ilegales (otorgando una cobertura judicial) o si lo engañaron.

Uno es el expediente en cual se evaluaban alertas de seguridad de la propia AFI en el contexto de la realización de la Cumbre del G20, la de la XI Organización Mundial de Comercio y los Juegos Olímpicos de la Juventud, donde se introdujeron advertencias sobre posibles atentados contra CFK, Diego Santilli y Waldo Wolff, entre otros. 

Los tres son querellantes en la megacausa sobre el espionaje porque, efectivamente, fueron espiados. En su momento nadie les avisó que estaban bajo amenaza de algún tipo pero los ex espías los siguieron y elaboraron informes, con tareas que habrían sido habilitadas desde el juzgado de Lomas de Zamora. 

La otra causa es aquella en la que el propio juez Villena había ordenado la intervención de teléfonos públicos del penal de Ezeiza, cuando investigaba al narco Mario Segovia y a una organización que producía explosivos. Esas escuchas fueron entregadas para ser desgravadas por la AFI. De allí se filtraron las famosas del “operativo puff”.

Los fundamentos del fallo de Lemos Arias

“Después de analizar los argumentos expuestos por las partes recusantes y las razones invocadas por el juez recusado, considero que las circunstancias objetivas que surgen de los expedientes reseñados precedentemente permiten tener por fundado el temor de parcialidad invocado por las defensas de los imputados Araque, Melo y Sáez”, sostiene el fallo del camarista Lemos Arias. Agrega que “se advierte que los hechos que se investigan guardan relación con las medidas que fueron adoptadas por el juez Villena en el marco de las causas” sobre el G-20 y sobre Segovia.

“Instruyó las causas referidas y ordenó diversas tareas de inteligencia a la Agencia Federal de Inteligencia y a la Dirección de Inteligencia del Servicio Penitenciario Federal entre fines del año 2017 y comienzos del año 2019”, señala también el fallo y apunta que “las actividades de espionaje ilegal que son objeto de investigación en la presente causa 14149/2020 se habrían llevado a cabo, en parte, en ese período de tiempo y estarían vinculadas directa o indirectamente a las medidas ordenadas por el juez Federico Villena en las referidas actuaciones judiciales”.
“El juez Villena, como instructor de las causas referidas, era el encargado de controlar y evaluar la legitimidad y el alcance de las medidas ordenadas, por lo cual se encuentra justificado el temor de parcialidad alegado por los recusantes y el pedido de que no quede a cargo de la investigación de las actividades ilícitas derivadas -en parte- de las medidas que él mismo dispuso”, afirma la sentencia. Remarca también que el propio Villena se excusó en la causa sobre el Instituto Patria, donde la denunciante, la interventora de la AFI, Cristina Caamaño, planteó que existió un intento de “legalizar el espionaje” incorporando un informe de la AFI al juzgado de Villena “sin que haya surgido una alerta, amenaza o riesgo que ameritase la intervención a la vida privada” de CFK sin su consentimiento. Villena allí figura como testigo.

El camarista de La Plata no saca conclusiones sobre el papel de Villena en relación a la actividad de inteligencia ilegal desplegada, pero marca que tiene un interés en estos procesos porque se vinculan con decisiones suyas. “No se halla en la posición de imparcialidad necesaria para seguir al frente de la investigación y para decidir sobre los hechos que son objeto de la pesquisa”, definió Lemos Arias.

Quién es el juez Juan Pablo Augé

El juez Augé, que subroga el juzgado 2 de Lomas de Zamora, quedará a cargo. No es un penalista. Es, de hecho, titular del juzgado civil de Lomas desde 2008. Seguramente delegará la investigación en los fiscales Incardona y Eyherabide. 

Es probable que deba resolver planteos de nulidad que invocarán los abogados de los espías, la mayoría de los cuales había prestado declaración indagatoria ya ante Villena. Se aferran a una interpretación del Código Procesal que según la cual desde que se plantea una recusación que finalmente esa aceptada, todo sería nulo. 

El fallo de la Cámara no declara nulidades y, en los tribunales platenses y de Lomas ven pocas posibilidades de que ese enfoque prospere. Sin embargo, horas después del fallo de Lemos Arias la defensa del espía Sáez realizó la primera presentación en ese sentido.
Fuente: nota de Irina Hauser para Página/12

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