La Secretaría de Comercio impuso sanciones a molineros que establecerán acuerdos de precio por afuera de las reglas del mercado. Advirtió que sus conductas anticompetitivas son violatorias de la Ley de Defensa de la Competencia.
El Gobierno nacional multó a Molinos Cañuelas, uno de los holdings de alimentos más grandes del país, por coordinar “conductas anticompetitivas” y poner trabas a la comercialización de harinas.
También fueron sancionadas otras tres asociaciones molineras, todas señaladas por cartelización en el sector y establecer acuerdos de precio por afuera de las reglas del mercado. En conjunto tendrán que pagar en total poco más de 445 millones de pesos.
Las multas fueron establecidas por la Secretaría de Comercio y recayeron sobre Molinos Cañuelas, por 150 millones de pesos; y otro monto igual para la Federación Argentina de la Industria Molinera (FAIM). En tanto, la Cámara de Industriales Molineros (CIM) deberá pagar 93.974.602 pesos y la Asociación de Pequeñas y Medianas Industrias Molineras de la República Argentina (APYMIMRA) 51.131.995.
Si bien la multa fijada a Molinos Cañuelas fue de 150 millones, por tratarse del máximo legalmente permitido, Comercio Interior aseguró que "a partir del cómputo de un 20 por ciento sobre ventas netas de harinas de trigo para el año 2017, es decir, tomando el porcentaje mínimo del rango recomendado a nivel internacional para casos de carteles, ascendería a la suma de 1.083.806.800 pesos".
Por qué se aplicaron las multas
El total de las sanciones asciende a 445.106.597 pesos y son el corolario de un proceso administrativo iniciado el 4 de abril de 2017, con una denuncia formal presentada por Impulsar (Industrias Medianas y Pequeñas Unidas Locales Sociedad Argentina) ante la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC).
La medida se dispuso a través de la Resolución 332/20922 publicada ayer en el Boletín Oficial y firmada por el secretario Roberto Feletti, quien días atrás tuvo un cruce con los empresarios del sector, a los que acusó de "estrangular al abastecimiento de harina".
Formalmente se las acusó de concertar "conductas anticompetitivas" en el marco de un "cartel institucionalizado". El pago de las multas deberá hacerse efectivo dentro de los diez días hábiles desde la notificación (es decir hasta el 21 de abril).
A la vez, Comercio Interior instó a las partes a que "cesen y se abstengan de realizar acuerdos de fijación de precios e intercambiar información sensible, en el mercado de la molienda de trigo y la comercialización de harina de trigo".
Cómo se estableció la “conducta anticompetitiva”
Según la denuncia, el 13 de agosto de 2015, en el marco de la "Fiesta de la Harina" llevada a cabo en el Hotel Sheraton de Buenos Aires, las cuatro partes denunciadas y "por lo menos 107 empresas" sellaron el denominado "Acuerdo general de la libre competencia en el sector molinero".
Este acuerdo habría implicado la fijación de precios mínimos en forma convenida por todo el sector, en lo que Comercio Interior consideró un "cartel institucionalizado".
A partir de entonces, se indica en los considerandos de la resolución, "comenzó un accionar de prácticas anticompetitivas" por parte de Molino Cañuelas, organizando reuniones de precios convocadas por FAIM. Estas "habrían perseguido la subordinación de parte de los pequeños molinos con la amenaza de eventuales sanciones institucionales y sus potenciales perjuicios y consecuencias económicas".
La denunciante Impulsar sostuvo que FAIM "está al servicio de un oligopolio y es conducida con un estatuto que establece un mecanismo de decisión en base a la capacidad de molienda", y en consecuencia "el más grande decide y los demás acatan".
Asimismo, aseguró que Molino Cañuelas "limita, distorsiona y restringe la libre competencia en el mercado y el desarrollo de fuentes de trabajo generadas por los pequeños y medianos molinos, esenciales para el funcionamiento y la sustentabilidad de la economía nacional".
Qué dice el dictamen
De acuerdo con el dictamen de la CNDC, "las conductas anticompetitivas imputadas tuvieron lugar en todo el territorio nacional en el período comprendido, desde el mes de octubre de 2014 hasta, al menos, el mes de abril de 2017".
Esas conductas configuraron "una práctica colusiva horizontal entre las imputadas, para la fijación de precios mínimos de venta e intercambio de información sensible. Su objeto fue limitar la competencia entre las empresas molineras en el mercado de la molienda de trigo y la comercialización de harina de trigo en todo el territorio nacional.
El resultado de esto fue perjudicial para la libre competencia y el interés económico general", señaló Comercio Interior en la resolución.
"Un acuerdo de las características del aquí analizado requiere de un coordinador con peso suficiente en el mercado que brinde cierta estabilidad, en nuestro caso, la firma Molino Cañuelas", remarcó.
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