miércoles, 7 de octubre de 2020

Final para el show de Juntos por el Cambio: la Justicia rechazo al amparo opositor contra las sesiones remotas en Diputados

El juez Enrique Lavie Pico resolvió en contra del intento de un grupo de diputados macrifascistas para que se declare nula la sesión en la que protestaron contra la modalidad virtual. El fallo ratifica el derecho de la Cámara baja a funcionar por teleconferencia. Los diputados que presentaron el recurso deberán pagar las costas del proceso.


El juzgado en lo Contencioso y Administrativo N°1 rechazó el recurso de amparo con el que diputados de Juntos por el Cambio encabezados por Mario Negri pretendían que se declare la nulidad de la sesión del 1º de septiembre y apuntaban contra la modalidad virtual. 

Ese día los legisladores macrifascistas intentaron condicionar la agenda parlamentaria del Gobierno al rechazar cualquier forma de sesión remota.

El juez Enrique Lavie Pico rechazó el amparo que lleva la firma de Mario Raúl Negri, Cristian Adrián Ritondo, Maximiliano Carlos Francisco Ferraro, Pablo Gabriel Tonelli, Mariana Stilman y Alberto Gustavo Menna.

“No corresponde al Poder Judicial intervenir y modificar la votación y decisión de cuestiones que son propias de los órganos correspondientes; en el caso, lo dispuesto por la H. Cámara de Diputados de la Nación”, dice el fallo que denegó el pedido de los diputados macrifascistas, a quienes se condenó a pagar las costas del proceso.

Tras el rechazo de Juntos por el Cambio a cualquier modalidad de sesión a distancia, el oficialismo acordó a principios de septiembre con el resto de las bancadas opositoras renovar el protocolo para el funcionamiento virtual mixto de la Cámara de Diputados por otros 30 días. 

Luego se realizó una sesión en la que unos 90 legisladores macrifascistas se presentaron en el recinto e intentaron participar del debate sin haberse logueado en el sistema, por lo que fueron considerados ausentes.

Tras la sesión, uno de los diputados que participó de forma presencial dio positivo por coronavirus. El santafesino José Núñez confirmó el diagnóstico una semana después de la sesión y obligó a que varios de sus compañeros de banca se aislaran preventivamente.

La intención del macrifascismo era evitar el tratamiento de "temas sensibles" por la vía remota. Concretamente buscaban de esa forma frenar el debate de la reforma a la justicia federal y de la nueva fórmula de movilidad jubilatoria, así como el del aporte extraordinario de las grandes fortunas.

Los principales puntos del fallo

El pedido puntual de los legisladores Juntos por el Cambio fue que “se declare la nulidad absoluta e insanable de la decisión de la Comisión de Labor Parlamentaria del 1/09/20, que dispuso la prórroga del Protocolo de Funcionamiento Parlamentario Remoto”, luego refrendada en el recinto.

"Dicha decisión carece del consenso necesario para su validez", según argumentaron los diputados de la oposición y mencionaron que el presidente del cuerpo, Sergio Massa, los dio por ausentes cuando "es de público y notorio conocimiento que estábamos presentes en el recinto".

El juez, tras recordar que la acción de amparo es un recurso consagrado en la Constitución, aclaró que para otorgarse el acto de la autoridad pública impugnado debe estar “viciado de arbitrariedad o ilegalidad manifiesta”.

Lavié Pico recordó la “gravísima situación sanitaria” del país al momento de extenderse las sesiones virtuales y la necesidad de un esfuerzo de las instituciones para seguir funcionando durante la crisis derivada de la pandemia.

En base a esto, el juez concluyó que “no se advierte acreditada la existencia de un gravamen -apoyado, como se expuso en las irregularidades y nulidades que denuncian- a un interés jurídico tutelable, al no haberse afectado ninguna de sus prerrogativas propias del cargo”.

El magistrado rechazó la responsabilidad que los diputados de Juntos por el Cambio asignan a Massa en su condición de “ausentes” en la sesión convocada. "El Presidente de la HCDN, en diversas oportunidades, requirió a los amparistas y demás integrantes de la Cámara de Diputados que debían ‘loguearse’, sin embargo algunos/as decidieron no hacerlo”, recalcó (Ver el fallo completo haciendo click aquí).

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