La jueza María Servini volvió a rechazar un planteo del ex hijastro de Flavia Palmiero contra la decisión de entrecruzar sus comunicaciones con otros ex funcionarios. Además, la magistrada denunció al abogado de Macri Blanco Villegas ante el Colegio Público de Abogado de la Capital Federal.
La jueza federal María Servini volvió a rechazar un planteo de la defensa de Miauricio Macri Blanco Villegas quien intenta evitar el entrecruzamiento de llamadas con las de los integrantes de lo que fue su mesa judicial. La magistrada denunció además al abogado del pelotudo, Pablo Lanusse ante el Colegio de Abogados.
En tanto, ayer los camaristas Martín Irurzun y Leopoldo Bruglia rechazaron apartarse del caso, a pesar de que el primero reconoció que pudo haber “tratado en alguna ocasión” con uno de los imputados del caso.
La referencia es sin dudas, al imputado Fabián Rodriguez Simón, alias “Pepín”, uno de los arquitectos de la mesa judicial macrista. En 2018 la cámara de un celular captó un encuentro en un bar entre el camarista Irurzun y Simón.
Ahora Irurzun explicó que ello no es causal para apartarse y admitió que en “muchas otras oportunidades durante los años que llevo ejerciendo este cargo” pudo haber “tratado en alguna ocasión con una o más de esas personas”.
Mientras tanto, Servini rechazó una apelación del abogado Pablo Lanusse, al ratificar que la propia Cámara Federal considera que la medida de prueba sobre los teléfonos de Macri Blanco Villegas es válida. Por tanto decidió no conceder los recursos “en tanto son una reedición más grandilocuente de los planteos ya resueltos por la suscripta y por la Cámara de Apelaciones”, explicó la jueza.
Las decisiones se adoptaron en la causa por una supuesta asociación ilícita para perseguir a los accionistas del Grupo Indalo y acorralar al holding con distintas decisiones adoptadas por la nefasta administración macrifascista.
El abogado Lanusse acusó a Servini de “inclinar la cancha a favor del abogado Carlos Beraldi, el 'tándem' y la sociedad extra procesal Cristina Fernández de Kirchner – Cristóbal López”, y añadió que veía “no sin tristeza y naúseas, cuanta falta de igualdad de armas y de tratamiento igualitario dispensaba esta Magistrada a quienes se encontraban sometidos a este proceso”.
El letrado argumentó que “veía con aún más preocupación y alerta, como las decisiones se alejaban de la ley resultando funcionales y acomodaticias al guion escrito detrás de bambalinas para perseguir y vengar a su defendido”.
La jueza defendió su actuación, sostuvo que tal situación de “desobediencia” nunca ocurrió, ya que la Cámara Federal “no emitió orden alguna, sino que encomendó un curso de acción en relación a la diligencia probatoria”.
Servini repasó el fallo de la Cámara en el que días atrás, los jueces “no sólo reconocieron el carácter discrecional de la medida de prueba dispuesta el 06 de julio de 2020, además validaron su utilidad y pertinencia a los fines del proceso, eso sí, limitaron su período temporal, aunque no de una manera precisa, sino sólo señalando que debería circunscribirse a los “a los momentos relevantes según la hipótesis fijada en el caso”.
“La suspensión de la destrucción y consecuente continuación del informe no pone en riesgo ninguna garantía constitucional, ni siquiera cuestiona lo resuelto por el Superior, por el contrario, se encuentra encaminada a dar su estricto cumplimiento”, defendió la jueza su actuación en el caso.
Asimismo, explicó que la Cámara “en ningún momento ordenó la destrucción del material probatorio, por el contrario, sugirió que una vez que arribaran los primeros resultados del informe, estos no sean directamente accesibles a las partes y auxiliares de la justicia sin un previo filtro para establecer cuáles datos son ajenos al legajo -a fin de eliminarlos- y cuáles sí podían destinarse como material probatorio”.
Para la jueza, la defensa solo pretende “retrasar el objeto de la investigación”. En su resolución, explicó que “nadie ha divulgado entonces información que pueda considerarse privada, más aun, los registros de comunicaciones son registros que existen en poder de empresas privadas y que por lo tanto tienen un grado de publicidad relativa ciertamente inconsistente con el reclamado secreto de Estado que parece introducirse de las expresiones de las partes. Por lo demás tampoco se está requiriendo el acceso al contenido de aquellas comunicaciones que pudieran revelar algún secreto de Estado”.
Finalmente, la magistrada denunció al abogado Lanusse ante el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. “Las expresiones y descalificativos vertidos por el Dr. Pablo Jorge Lanusse no pueden pasar inadvertidos porque agravian la Magistratura”, advirtió Servini y en ese sentido pidió que “sea evaluada la actuación de dicho matriculado en función del Código de Ética respectivo”.
Fuente: nota de Vanesa Petrillo para Ámbito.com
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