Así lo dispuso el Poder Ejecutivo en la Decisión Administrativa 63/2022, publicada en el Boletín Oficial.
El Gobierno nacional oficializó ayer la decisión de eximir de la presentación de un PCR para ingresar al país a los argentinos y residentes que cuenten con el esquema completo de vacunación contra el coronavirus.
La medida, adelantada la noche del martes, fue publicada en el Boletín Oficial a través de la Decisión Administrativa 63/2022, que lleva las firmas del jefe de Gabinete, Juan Manzur, y los ministros de Interior, Eduardo De Pedro, y de Desarrollo Social, Juan Zabaleta; y entrará en vigencia a partir del próximo sábado.
Desde ese día, como condición para no tener que hacerse el PCR para ingresar al país, los argentinos y residentes deberán haber completado el esquema de vacunación por lo menos 14 días antes de su ingreso al país.
Para el caso de los argentinos o las argentinas que hubieran residido en el exterior durante al menos el último año, se entenderá por esquema de vacunación completo al definido por las autoridades sanitarias del país de residencia. Además, las personas vacunadas con esquema completo estarán eximidas de realizar la cuarentena.
Quienes tengan esquema de vacunación incompleto o no estén vacunados deberán contar con una prueba de PCR negativa realizada en el país de origen dentro de las 72 horas previas al inicio del viaje o una prueba de antígeno realizado en el país de origen dentro de las 48 horas previas al inicio del viaje. El costo de las pruebas quedará a cargo de la persona que ingrese al país.
El miércoles, la directora nacional de Migraciones, Florencia Carignano, publicó en Twitter un video informativo en el cual se detallan las nuevas medidas y se precisa que para los extranjeros de países limítrofes o sus residentes que permanecieron al menos los últimos 14 días en los mismos con vacunación completa los requisitos son declaración jurada electrónica de al menos 48 horas antes del inicio del viaje, test diagnóstico para el ingreso al país y seguro médico Covid.
Asimismo, se da cuenta de que podrán embarcar a los aviones las personas que se presentan con test de antígeno o PCR positivo como diagnóstico y certificado de alta médica con más de 10 días desde la fecha de inicio de síntomas o la fecha de toma de prueba diagnóstica.
También podrán hacerlo las personas positivas por haber sido contacto estrecho con síntomas y presentan certificado de alta médica con más de 10 días desde la fecha de inicio de síntomas, y quienes se hayan realizado un PCR positivo en el exterior y con certificado de alta médica con más de 10 días desde la fecha de inicio de síntomas o la fecha de toma de muestra de prueba diagnóstica labotarial.
En el marco de las nuevas medidas, se autoriza el ingreso en vehículos particulares terrestres de argentinos y residentes que sean contactos estrechos asintomáticos. Sobre este punto se aclara que los contactos estrechos asintomáticos no vacunados que ingresen deberán completar su aislamiento en el país según la normativa vigente.
En tanto, se autoriza el ingreso en vehículos particulares de argentinos y residentes vacunados con esquema completo y sean casos positivos que ya hayan completado siete días de aislamiento desde la fecha de inicio de síntomas o la fecha de toma de muestra de prueba diagnóstica laboratorial.
Por su parte, el ingreso de vehículos de transporte de pasajeros se autoriza a partir de cumplir los 10 días de aislamiento desde la fecha de inicio de los síntomas o la fecha de toma de muestra de prueba diagnóstica laboratorial.
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