viernes, 17 de diciembre de 2021

La infame Corte Suprema declaró inconstitucional la actual composición del Consejo de la Magistratura

El fallo fue firmado por unanimidad. Semanas atrás, desde el máximo tribunal, dejaron trascender que trabajaban en un fallo sobre la composición del Consejo de la Magistratura y que una resolución adversa al gobierno de Alberto Fernández podría conocerse este jueves, como efectivamente sucedió.


La Corte Suprema declaró inconstitucional la actual composición del Consejo de la Magistratura, el órgano encargado de la selección y remoción de los jueces y juezas. 

El máximo tribunal exhortó al Congreso a dictar una nueva ley. En caso contrario, en un plazo máximo de seis meses, el Consejo debería volver a su integración anterior de 20 miembros con el presidente de la Corte a la cabeza de ese organismo. El fallo fue firmado por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti -que incorporó una disidencia parcial-.

Semanas atrás, desde el máximo tribunal, dejaron trascender que trabajaban en un fallo sobre la composición del Consejo de la Magistratura y que una resolución adversa al gobierno de Alberto Fernández podría conocerse este jueves, como efectivamente sucedió.

La Corte se zambulle, en este contexto, en un tema que tiene poco de novedoso. El Consejo de la Magistratura tiene trece miembros desde 2006, cuando se aprobó la ley que rige actualmente. Esa ley había sido promovida por Cristina Fernández de Kirchner cuando era senadora.

Con el fallo que se conoció este jueves, ahora la Corte le da un plazo de 120 días al Consejo de la Magistratura para volver a su composición anterior, que era de 20 miembros, y exhorta al Congreso a que vote una nueva ley.

Siguiendo estos lineamientos, el Consejo de la Magistratura debería incorporar siete integrantes más, si antes no logra aprobarse una nueva ley: un académico, dos jueces, dos abogados y dos representantes del Congreso. La novedad es que el presidente de la Corte -de acuerdo a la ley 24.939- debería también presidir el Consejo de la Magistratura.

Los argumentos

Para los supremos, la actual composición del Consejo es inconstitucional porque hay un predominio del estamento político por sobre el resto de los sectores que deben estar representados allí (abogados, jueces y académicos).

"Cualquiera que fuera la opinión que en abstracto se tuviera sobre la conveniencia de esta arquitectura institucional, es claro que ella no respeta el mandato constitucional de procurar una integración equilibrada entre los representantes de los distintos sectores que el constituyente creyó necesario integrar al Consejo. Tampoco contribuye a despolitizar parcialmente el proceso de designación y remoción de jueces ni a aumentar el umbral de garantía de independencia judicial, objetivos que, como se dijo, fueron expresamente perseguidos por los constituyentes de 1994 mediante la creación del Consejo de la Magistratura y que se ven frustrados por las normas analizadas", escribieron los integrantes del máximo tribunal.

El remedio para Rosatti, Maqueda y Rosenkrantz es volver a la ley que se aprobó en 1997. Sin embargo, Lorenzetti critica fuertemente esa solución. "Una ley derogada no puede ser restituida en su vigencia y es lo que se enseña en los primeros cursos de las Facultades de Derecho", les responde a sus colegas.

La disidencia de Lorenzetti

A diferencia de sus colegas, Lorenzetti plantea que no puede ser restituida la ley 24.937 porque está derogada. En ese sentido, asegura que imponer la aplicación de la ley que fue derogada hace 16 años no solo afecta la seguridad jurídica, sino que además implica arrogarse facultades legislativas que la Corte no tiene.

“No hay precedentes en el derecho argentino ni antecedentes en el procedimiento de declaración de inconstitucionalidad de Estados Unidos, sobre cuyo modelo se construyó nuestro sistema en el siglo XIX a partir del caso “Marbury vs Madison”. En ningún caso se pone en vigencia una ley derogada hace dieciséis años. Es así porque en el sistema argentino, como en el de Estados Unidos, la declaración de inconstitucionalidad no tiene efectos de nulidad. En fin, contradice los principios básicos del derecho, que no pueden ser ignorados por los magistrados”, desarrolla.

La composición

Desde que se aprobó la ley actual en el año 2006, el Consejo de la Magistratura está integrado por trece miembros: tres jueces, tres diputados, tres senadores, dos abogados, un académico y un representante del Poder Ejecutivo

En la actualidad, el estamento de los jueces está representado por Alberto Lugones (Lista Celeste), Ricardo Recondo (Lista Bordó) y Juan Manuel Culotta (Compromiso Judicial).

Los diputados que representan a la Cámara Baja en este órgano son Vanesa Siley (FdT), Graciela Camaño (Identidad bonaerense) y Pablo Tonelli (PRO- JxC). Los senadores son Mariano Recalde y María Pilatti Vergara (FdT) y Silvia Giacoppo (UCR- JxC).

Diego Marías y Carlos Matterson representan a los abogados mientras que Diego Molea, actual presidente del Consejo, ocupa la banca destinada a las universidades. El representante del Ejecutivo en el Consejo es Gerónimo Ustarroz.

Si se vuelve a la composición que ordena la Corte, el Consejo de la Magistratura debería estar integrado de la siguiente manera: cinco jueces (con el presidente de la Corte a la cabeza del Consejo de la Magistratura), ocho legisladores, cuatro abogados, dos académicos y un representante del Ejecutivo

Génesis

La Corte maduró este fallo por años y se conoce después de que Elena Highton de Nolasco dejara el máximo tribunal. En noviembre de 2015, la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal declaró inconstitucional la ley 26.080, que en 2006 había reducido el número de integrantes del Consejo de la Magistratura de 20 a trece. La demanda que dio pie a esa resolución fue presentada por el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, una entidad conservadora que nuclea a los estudios de la city porteña. El Colegio de la calle Montevideo funcionó como ariete del macrifascismo para poner en discusión, entre otras cosas, cómo podía ser removida la entonces procuradora Alejandra Gils Carbó.

La Corte tiene hace seis años la cuestión en estudio, pero decidió sacarla ahora. Durante el nefasto régimen de Miauricio Macri Blanco Villegas, existieron conversaciones para que el fallo no saliera. El entonces jefe de Gabinete Marcos Peña Braun se había comprometido a reformar la composición por ley, algo que no sucedió.

Las respuestas

Cuando se conoció que la Corte trabajaba en este fallo, el gobierno articuló dos respuestas. Por un lado, anunció que iba a presentar un proyecto de ley para cambiar la composición del Consejo de la Magistratura. Esa iniciativa ya se presentó y lleva el número de integrantes del organismo de trece a 17. De esta forma, los jueces y los académicos ganarían un representante más mientras que los abogados duplicarían su representación.

Por otro lado, el ministro de Justicia, Martín Soria, concertó una cita con los supremos, algo que había postergado desde su asunción. La reunión fue tensa. Soria habló de una crisis de legitimidad del Poder Judicial –que después fue refutada desde la Asociación de Magistrados–, del lawfare y de las amistades con Fabián “Pepín” Rodríguez Simón, el operador judicial del hijo bobo de Franco Macri que está prófugo en Uruguay.

Soria no mencionó el asunto del Consejo de la Magistratura, pero una vez que dejó el Palacio de la calle Talcahuano el abogado que representa al Estado nacional en el pleito por el Consejo de la Magistratura presentó formalmente el proyecto que el Ejecutivo había girado al Congreso horas antes.

Anteanoche, en el cierre del Consejo Económico y Social, el presidente llamó a mejorar el diseño de la Corte Suprema, algo que habrá encendido los ánimos en las cuatro vocalías del máximo tribunal. “Las demoras en el servicio de justicia, junto a elementos que no hacen a su aceitado funcionamiento, imponen revisar sus mecanismos de trabajo, número de integrantes y división de tareas en el máximo tribunal”, sostuvo Fernández en la víspera del fallo de la Corte.

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