En contraposición, en la ciudad de Buenos Aires, el oficialismo porteño el año pasado votó una Ley redactada a pedido de las empresas de delivery donde reconoce la autonomía de los trabajadores. Se espera que este año el Congreso Nacional regule la actividad mediante la sanción de una Ley.
El Ministerio de Trabajo de la provincia de Buenos Aires impuso fuertes multas a tres de las empresas de delivery que realizan sus entregas mediante plataformas digitales en todo el distrito bonaerense. La sanción económica fue por explotación laboral y abarcan al menos tres violaciones: incumplimientos a las normas laborales, de salud y seguridad en el trabajo.
Durante todo el 2020, el Ministerio de Trabajo de la Provincia realizó varios relevamientos en los que se constataron una serie de violaciones que afectan los derechos del conjunto de trabajadoras y trabajadores involucrados. Los datos fueron extraídos de un total de 172 trabajadores en inspecciones realizadas en la ciudad de La Plata, y en los municipios de San Isidro, Vicente López, Lanús, Avellaneda, Lomas de Zamora, Quilmes y La Matanza. El monto total que deberán pagar las empresas supera los 40 millones de pesos, con diferentes montos asignados a cada una de las empresa de acuerdo a las infracciones cometidas y la cantidad de trabajadores afectados. Rappi Arg. SAS fue multada por $ 16, 42 millones; La empresa que maneja Glovo, kadabra SAS deberá pagar $ 6,32 millones; y la firma Repartosya S.A. que maneja la aplicación PedidosYa, fue sancionada con $ 17,69 millones.
En el relevamiento se registró la falta de los contratos de trabajo, de cobertura en materia de salud laboral, el no pago de aguinaldo, y la falta de ART y licencia de vacaciones. Hecho que se constató en el casi 98% de trabajadoras y trabajadores relevados. “Con todos los datos que obtuvimos determinamos que la actividad que realizan miles de personas en la provincia, aplica a implementar la Ley de contrato de trabajo”, afirmó el subsecretario de Inspección del Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, Emiliano Ré.
Durante varios años las empresas de delivery mediante plataformas digitales, alegaron que en su actividad no corresponde ninguna relación con las y los trabajadores, ya que los consideran socios o colaboradores, argumentando que estas relaciones laborales en particular no se corresponden con las tradicionales. “Las empresas dicen que los trabajadores brindan un servicio nada más y que solo se conectan cuando quieren, bueno esto no es así y en ese escenario deben adecuarse a nuestras normas laborales”, agregó el funcionario.
Cabe destacar que frente a la falta de derechos laborales en este sector, el año pasado el Gobierno Nacional, volvió a poner en agenda su proyecto de Ley para regular la actividad y los servicios que brindan las aplicaciones de reparto. En aquel entonces incorporó un apartado que incluía a los repartidores en el régimen general de la seguridad social, que abarca: prestaciones de salud, aportes jubilatorios, y una habilitación a la AFIP para llevar adelante un control en tiempo real de la distribución de tareas por parte de las aplicaciones. A principios de año la AFIP comenzó a darle los retoque finales al proyecto y aseguraron que en los próximos meses será debatida en el Congreso Nacional.
“Mientras esperamos que se regule la actividad a nivel nacional, aquí en la provincia dimos un paso muy importante que puede servir de ejemplo para el resto de las jurisdicciones. Por el momento las empresas no presentaron ningún recurso judicial, pero igualmente antes de ir a la justicia deberán pagar la multa”, concluyó Ré.
De los 172 trabajadores consultados la provincia detectó que más del 50% trabaja entre nueve y doce horas por día y el 70% los siete días de la semana. El relevamiento avala la relación de autonomía entre los trabajadores y las plataformas digitales. En agosto de 2019 la Justicia porteña ordenó suspender las operaciones de las apps de delivery. El juez Roberto Gallardo, a cargo del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 2 de la ciudad de Buenos Aires, encomendó en aquel momento a la policía de la Ciudad a decomisar las mercaderías que transportan las empresas ya que “no respetan íntegramente los requisitos legales y judiciales”. La decisión había llegado porque en el mismo mes de ese año, el Juzgado de Primera Instancia había solicitado a las empresas que, en 48 horas, debían presentar una lista completa de todo su personal de trabajo y la constancia de haberles entregado los implementos de seguridad vial exigidos por la ley.
Por Martín Suárez para Tiempo Argentino
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