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viernes, 18 de enero de 2019

La Justicia porteña declaró ilegales las rejas de Plaza de Mayo

El fallo señala que no tuvieron la aprobación previa por parte de la Legislatura de la Ciudad y no respetan el artículo 4.1.2.2.1 del Código de Planeamiento Urbano.


El juez Osvaldo Otheguy, del Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad N° 8, declaró que la instalación de la reja de la Plaza de Mayo fue ilegal por haberse realizado sin respetar el artículo 4.1.2.2.1 del Código de Planeamiento Urbano.

La sentencia fue dictada en la causa caratulada “Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad contra GCBA sobre amparo – Patrimonio Cultural Histórico” que fue impulsada por el Observatorio del Derecho a la Ciudad y el Observatorio de Patrimonio y Políticas Públicas.

En la sentencia se otorga un plazo de 90 días contados a partir de que la presente sentencia quede firme para la sanción de una ley que apruebe la instalación de las rejas en la Plaza de Mayo de modo tal que cumpla con el artículo 4.1.2.2.1 del recientemente sancionado Código Urbanístico, aprobado por Ley N° 6099, debiendo el régimen fascista porteño, en caso de falta de sanción de la referida ley en el plazo mencionado, retirar las rejas en cuestión, de modo tal que se concrete el restablecimiento del estado anterior de dicho espacio público.

El Código Urbanístico señala en el artículo 4.1.2.2.1: “Plaza de Mayo.- En el espacio propio de la Plaza de Mayo sólo se permitirán trabajos de conservación y mantenimiento de los elementos preexistentes. Todo proyecto modificatorio deberá contar con visado previo del Consejo y aprobado por ley”. La Justicia constató de que las rejas no tuvieron la aprobación previa por parte de la Legislatura de la Ciudad.

Explícitamente, en la sentencia se dijo que “dado que la ilegitimidad atacada por la actora tiene fundamento en el incumplimiento de un mandato expreso previsto por el ordenamiento en cabeza del GCBA y éste lo niega, incumbe al demandado la prueba del cumplimiento del mandato. Y el demandado no ha probado haber decidido la colocación de las rejas con el visado previo del Consejo del Plan Urbano Ambiental y mediante ley de la Legislatura”.

Mediante el Decreto N° 122.096 del 9 de junio de 1942 la Plaza de Mayo fue declarada “Lugar Histórico Nacional”. Por tal motivo, la Ley Nacional N° 12665 establece que "la Comisión Nacional de Monumentos, Lugares y Bienes Históricos (CNMLBH) debe dar su aprobación previa sobre toda intervención material sobre los bienes protegidos”

En la causa también quedó aclarado que la Comisión brindó una respuesta negativa a la consulta efectuada por el GCBA sobre la colocación de rejas de forma transversal en el centro de la Plaza sobre el eje de las calles Defensa y Reconquista. Es decir, no autorizó su instalación.

miércoles, 30 de mayo de 2018

Organismos de Derechos Humanos presentaron un pedido para sacar las rejas de Plaza de Mayo

Fue realizado a través del Observatorio de Derechos Humanos de la Ciudad de Buenos Aires (ODH), en base al respeto a las leyes de la Ciudad y a su trayectoria histórica en la plaza.


El Observatorio de Derechos Humanos de la Ciudad de Buenos Aires (ODH) presentó una petición al Jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larrata para que "de manera inmediata" retiren las rejas que fueran colocadas en la Plaza de Mayo que, tras la reciente remodelación, fue reinaugurada ayer por la mañana (ver nota aparte en esta misma edición).

El pedido se realizó junto a organismos de derechos humanos, tales como Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora, Familiares de Detenidos y Desaparecidos, HIJOS, Liga Argentina por los Derechos del Hombre (LADH), Familiares y compañeros de los 12 de la Iglesia de la Santa Cruz, Asociación Buena Memoria, Hijas e hijos del exilio, entre otros.

"Las razones por las cuales se realiza esta petición están fundadas en el respeto a las leyes de la Ciudad y a nuestra trayectoria histórica en esa plaza, la cual forma parte de la historia Argentina", sostiene el comunicado.

El Art. 32 de la Constitución de la CABA "garantiza la preservación, recuperación y difusión del patrimonio cultural, cualquiera sea su régimen jurídico y titularidad, la memoria y la historia de la ciudad y sus barrios”.

"Quienes realizamos esta petición somos parte viva de esa memoria y de la historia de la Plaza de Mayo, de la historia de la ciudad. Las rejas puestas en la Plaza de Mayo violan nuestros derechos de múltiples maneras, como actores de la memoria y la historia que somos", expresaron los peticionantes.

"Cabe destacar que los derechos aquí invocados se encuentran protegidos por la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales a ella incorporados, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Código de Planeamiento Urbano. El art. 4.1.2.2.1. establece que en el espacio propio de la Plaza de Mayo sólo se permitirán trabajos de conservación y mantenimiento de los elementos preexistentes. Todo proyecto modificatorio deberá contar con visado previo del Consejo y aprobado por Ley", continúan.

"La intervención en un espacio histórico requiere criterios de conservación y protección especiales que están especificados en el Código de Planeamiento Urbano. Cualquier modificación que se pretenda realizar debe ser aprobada mediante una ley específica. Por todos estos motivos, solicitamos que se retiren las rejas de la Plaza de Mayo de forma inmediata", concluyeron.