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martes, 29 de diciembre de 2020

Promueven el juicio político a cuatro integrantes del Tribunal Superior de Justicia porteño

Lo pedirán los legisladores de la oposición y organizaciones comunitarias por el fallo que establece que solo pueden exigir vacantes en las escuelas públicas las personas que no puedan pagar la educación privada para sus hijos.


Diputados de la oposición porteña y representantes de la comunidad educativa anunciaron ayer que promoverán en la Legislatura local el pedido de juicio político a los integrantes del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad que firmaron un fallo que estableció que solo pueden exigir vacantes en las escuelas públicas las personas que no puedan pagar la educación privada para sus hijos.

La iniciativa, que ingresará esta tarde al parlamento porteño, busca que los jueces Marcela De Langhe, Inés Weinberg, Santiago Otamendi y Luis Francisco Lozano sean investigados por incumplimiento de los deberes de funcionario público; mientras que exceptúa del alcance de la medida a la magistrada Alicia Ruiz, quien no firmó el escrito.

Puntualmente, el fallo del máximo tribunal hizo lugar a un recurso de inconstitucionalidad del régimen de la CABA, ante la demanda presentada en 2017 por la madre de un niño de dos años que pedía que se le garantizara la vacante a su hijo en un jardín de infantes.

En la resolución, los cuatro jueces consideraron que no existe una obligación del Estado local de ofrecer vacantes a todas las niñas y niños de entre 45 días a 3 años de edad que y habilita criterios de priorización basados en la capacidad económica de las familias.

La decisión de los jueces fue repudiada este lunes durante una conferencia de prensa, organizada en las puertas de la Legislatura porteña, donde participaron legisladores del Frente de Todos y del Frente de Izquierda, así como también representantes sindicales, de centros de estudiantes, cooperadoras y diversos colectivos de la comunidad educativa.

“Es imprescindible iniciar una investigación a fondo sobre el incumplimiento de los deberes de funcionario público de los integrantes que tribunal que firmaron este fallo que es un gran disparate, aberrante y atenta contra la Constitución de la Ciudad y contra todos los derechos y garantías consagrados”, dijo la legisladora del Frente de Todos y vicepresidenta de la comisión de Educación, Lorena Pokoik.

Agregó además que “la Justicia, a pedido de Horacio Rodríguez Larreta y de la ministra Soledad Acuña, dicta un fallo a medida de lo que el Gobierno porteño necesita para seguir ajustando la educación pública”.

Por su parte, la diputada Myriam Bregman afirmó que la conferencia convocada “es solo una primera respuesta a este escandaloso fallo y será el inicio de una serie de medidas porque es un fallo que no se puede aplicar, que no hay por qué cumplirlo porque es inconstitucional ya que viola el artículo 24 de la Constitución porteña”.

Paula Caligna, de UTE, consideró a la resolución judicial de “una maniobra del Gobierno porteño que utiliza a la Justicia para recortar la educación”; al tiempo que Alejandra López, de Sadop dijo que desde el sindicato que representa “no vamos a permitir la mercantilización de la educación y que nuestros pibes se queden sin vacantes”.

En sintonía, Micaela Rodríguez, del colectivo “La vacante es un derecho”, evaluó que la decisión judicial “dice que no es nuestro derecho elegir la educación de nuestros hijos, sino que depende de nuestro salario y de nuestra situación económica”.

Por su parte, el diputado del Frente de Todos Santiago Roberto dijo que “es una sentencia vergonzosa que va en clara sintonía con las políticas excluyentes del Gobierno porteño y representa un antecedente peligroso porque avala que el Estado no garantice las vacantes que, desde hace años, reclaman las familias que eligen la escuela pública”.

“Este fallo viene a decirles a todas las familias que no busquen la vía judicial para reclamar una vacante escolar justo en un año que sabemos que va a haber más familias que se van a volcar a la educación pública, por lo que se puede esperar un récord de pedidos judiciales”, explicó la diputada María Bielli.

El pedido de juicio político por parte de la Legislatura figura en el artículo 92 de la Carta Magna porteña y puede estar “fundado en las causales de mal desempeño o comisión de delito en el ejercicio de sus funciones o comisión de delitos comunes”.

Y puede alcanzar “al Gobernador, al Vicegobernador o a quienes los reemplacen; a los ministros del Poder Ejecutivo, a los miembros del Tribunal Superior de Justicia; del Consejo de la Magistratura; al Fiscal General; al Defensor General; al Asesor General de Incapaces y al Defensor del Pueblo”.

Para avanzar en el tratamiento dentro de la Legislatura, el expediente deberá ser debatido en la Comisión de Asuntos Constitucionales, desde donde podrá ser girado al recinto de sesiones para su debate y posible aprobación, para lo que demandará de al menos 40 votos afirmativos, de los 60 que componen la cámara.

En ese sentido, el oficialismo porteño, que responde a Rodríguez Larrata, suma 26 escaños propios en el bloque Vamos Juntos; a lo que se adicionan once más de las bancadas de UCR y el Socialismo; lo que deja al arco opositor con 23 votos, lo que los posiciona lejos de poder conseguir una sanción favorable respecto del juicio político.

miércoles, 19 de diciembre de 2018

El Tribunal Superior cordobés restableció el protocolo de aborto no punible

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba  restableció la vigencia del protocolo de aborto no punible -que se aplica en los casos de Interrupción Legal del Embarazo (ILE)- que había sido suspendió a días de entrar en vigencia en 2012 por una acción de amparo interpuesta por una ONG religiosa. El protocolo ILE, que se aplica en los casos de violación o de peligro de vida para la mujer, fue confirmado en tercera instancia por el máximo tribunal cordobés por cuatro votos contra tres.


El TSJ hizo lugar al recurso de casación y revocó la sentencia de la Cámara de Apelaciones que había declarado inconstitucional el protocolo al entender que al no haber un caso concreto para expedirse no corresponde conceder una acción de amparo para frenar el protocolo.

“La demandante, la ONG Portal de Belén, busca que ninguna mujer y en ningún caso -incluso cuando la continuación de su embarazo resulte en su muerte- pueda acceder a una práctica de manera segura, a pesar de estar autorizada por ley”, explicaban integrantes de la Campaña por el Aborto Legal, que convocaron a un pañuelazo frente a tribunales para esperar la sentencia.

Las organizaciones definieron como “un día histórico” la jornada de ayer, luego de conocer la sentencia favorable del tribunal. En 2012, la Corte Suprema de Justicia de la Nación puso fin a la discusión histórica sobre si era punible o no el aborto en casos de violación. 

El fallo F.A.L. estableció que cualquier mujer que haya atravesado una violación tiene derecho a interrumpir su embarazo sin ser necesario una autorización judicial.

En marzo de ese año, el gobierno de Córdoba dictó la Guía de Procedimiento para la Atención de Pacientes que soliciten Prácticas de Abortos no Punibles. Pero a los pocos días, la organización religiosa Portal de Belén interpuso un amparo que suspendió la aplicación del protocolo hasta ayer.